DECRETO 815 DE 2000
(mayo 8)
por el cual se autoriza a un funcionario de la Dirección Nacional
de Estupefacientes para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que en la ciudad de Washington, D. C. Estados Unidos, se llevará a cabo del 10 al 11 de mayo de 2000 La Reunión del Grupo de Estudio para Intercambio de Información Unidos Contra Drogas 2000 (UCD);
Que se estima necesaria la participación de la doctora Martha del Carmen Paredes Rosero, Profesional Especializado Código 3010 Grado 21, de la Subdirección Estratégica y de Investigaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, quien irá en representación de Colombia en la Reunión del “Grupo de Estudio para Intercambio de Información Unidos Contra Drogas 2000 (UCD), en respuesta al compromiso adquirido por la Dirección Nacional de Estupefacientes en la reunión pasada en Miami, convocada por el Comando Sur de los Estados Unidos;
Que los viáticos y gastos de transporte, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por El Comando Sur de los Estados Unidos;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política, los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos Internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno.
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Martha del Carmen Paredes Rosero, identificada con la cédula de ciudadanía número 39995987 de Ipiales, Profesional Especializada, Código 3010, grado 21, de la Subdirección estratégica y de Investigaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, para aceptar el pago de los gastos de transporte, alojamiento y alimentación, por parte del Comando Sur de los Estados Unidos, con el fin de asistir a la Reunión del Grupo de Estudio para Intercambio de Información Unidos Contra Drogas 2000 (UCD) que se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos del 10 al 11 de mayo de 2000, más un día de ida y uno de regreso.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.