DECRETO 805 DE 1998
(abril 30)
por el cual se adiciona la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Nota: Derogado por el Decreto 261 de 2004, artículo 8º. Modificado por el Decreto 1490 de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Créanse dentro de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, los siguientes cargos:
Despacho del Director General
Número de cargos
Denominación del cargo
Nivel del cargo
Grado
30 Treinta
Asesor Aeronáutico
50
40
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 2063 del 21 de agosto de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de abril de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio J. Urdinola Uribe.
El Ministro de Transporte,
Rodrigo Marín Bernal.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Pablo Ariel Olarte Casallas.