DECRETO 801 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 801 DE 2000    

(mayo 8)    

por el cual se confiere la  condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” 

  a un personal Militar de la Armada Nacional.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las  que le confiere el Decreto 1880 de 1988,  artículo 26, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con lo  establecido en el Decreto 1880 de 1988,  artículo 26, la condecoración “Servicios Distinguidos en Orden  Público”, se conferirá a los miembros de las Fuerzas Militares, cuando el  Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la  jurisdicción que se les ha encomendado;    

Que los Oficiales,  Suboficiales e Infante de Marina Voluntario que a continuación se relacionan,  se distinguieron en la operación realizada contra grupos subversivos del Frente  XXXV de las “FARC” y la compañía Rubén Darío González del  “ERP”, obteniendo resultados significativos, logrando la baja de 14  subversivos, 30 heridos y la captura de un sujeto, al igual que el decomiso de  material de guerra, intendencias y víveres;    

Que corresponde al  Gobierno Nacional reconocer el esfuerzo y exaltar al personal de las Fuerzas  Militares que con sus servicios contribuyen al mantenimiento del orden interno,  la paz y la tranquilidad de la Nación,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Confiérese  la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” al  siguiente personal, así:    

Por  primera vez    

TCCIM 7900039       Harold  Afranio Mantilla Serrano    

TFEAN 8742438       Omar  Francisco García Chica    

STCIM 72198852     José  Domingo Cantillo Caro    

CPCIM 73163583     Rodrigo  Tercero Royett Arias    

CPCIM 9289916       Amaury  de Jesús Tirado Gaivao    

IMVL   78748270     Omar  Antonio Sotelo Mercado    

Parágrafo. La  condecoración conferida en el presente artículo deberá ser impuesta en acto  especial conforme lo dispone el Reglamento Ceremonial Militar.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Luis Fernando Ramírez Acuña.    

               

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