DECRETO 792 DE 2000
(mayo 3)
por medio del cual se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 7ª de 1991, los Decretos 394 y 395 de 1997, el Decreto 2553 de 1999 y el Decreto 274 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase a la doctora Mariana Pacheco Montes, identificada con cédula de ciudadanía 51766829 expedida en Bogotá, en el cargo de Asesor Comercial, Código 1060, Grado Ocupacional 4 EX en la Oficina Comercial de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América con sede en Washington D. C., de la planta de personal del exterior del Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 2°. El funcionario asistirá al Consejero Comercial, bajo la subordinación del Jefe de la Misión, en las siguientes funciones:
• Hacer seguimiento a la toma de decisiones de los organismos gubernamentales o paragubernamentales de los Estados Unidos, las cuales por constituir normas de política en materia de comercio, afecten los intereses colombianos y presentar oportunamente los comentarios y oposiciones que las decisiones ameriten, siguiendo las instrucciones del Ministro de Comercio Exterior.
• Hacer seguimiento a los procesos legislativos del Congreso de los Estados Unidos e informar oportunamente sobre iniciativas que puedan afectar los intereses colombianos en el campo comercial o de inversión.
• Promover las exportaciones colombianas a los Estados Unidos, así como la inversión extranjera en el país.
• Apoyar directamente negociaciones en temas específicos de índole comercial o de inversión que se adelanten entre los dos gobiernos, e inclusive, en ocasiones, conducirlas directamente bajo las instrucciones de las entidades gubernamentales competentes.
• Actuar frente a entidades del Gobierno de los Estados Unidos, para asegurar que todas las investigaciones o procesos que afecten productos o productores colombianos sean conducidos con la mayor transparencia y agilidad y se límite el perjuicio a intereses colombianos.
• Preparar oportunamente la información sobre el intercambio comercial y económico, el clima e inversión estadística de indicadores económicos, que sean de utilidad para los análisis de la situación actual y la proyección de la política comercial y económica del país frente a Estados Unidos.
• Recibir y difundir la información sobre los avances económicos en Colombia, las medidas comerciales, aduaneras, de inversión, cambiaria, tributarias y financieras, los acuerdos comerciales suscritos por Colombia y los avances obtenidos en materia de tecnología, servicios y propiedad intelectual, así como las oportunidades de comercio e inversión que Colombia ofrece a los empresarios de los Estados Unidos.
• Dar aviso oportuno y colaborar en la preparación de las visitas de misiones gubernamentales o empresariales que se desplacen entre los dos países para cumplir propósitos de desarrollo de las relaciones bilaterales, comerciales y económicas.
• Mantener estrecho contacto con el Ministerio de Comercio Exterior de Colombia y con las demás entidades del gobierno y el sector privado colombiano para recibir información oportuna sobre los desarrollos que se den en los distintos campos y que tengan incidencia en las relaciones comerciales o de inversión.
• Las demás funciones que le asigne el Jefe de la Misión.
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, a 3 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Guillermo Fernández de Soto.
La Ministra de Comercio Exterior,
Martha Lucía Ramírez de Rincón.