DECRETO 784 DE 1998
(abril 28)
por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Nota: Derogado por el Decreto 1267 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de la facultad conferida en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los siguientes cargos:
No. de cargos
No. en Letras
Denominación del Cargo
Nivel
Grado
1
Uno
Administrador de Aduanas
60
33
1
Uno
Jefe de Oficina
60
33
4
Cuatro
Subdirector
60
33
1
Uno
Subsecretario de Impuestos y Aduanas
60
33
15
Quince
Administrador de Impuestos
60
26
2
Dos
Administrador de Impuestos y Aduanas
60
26
5
Cinco
Administrador de Adunas
60
25
20
Veinte
Técnico en Ingresos Públicos II
26
11
60
Sesenta
Técnico en Ingresos Públicos I
25
08
78
Setenta y ocho
Auxiliar II
11
04
2
Dos
Auxiliar I
10
02
14
Catorce
Auxiliar I
10
01
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los siguientes cargos:
No. de cargos
No. en Letras
Denominación del Cargo
Nivel
Grado
12
Doce
Profesional en Ingresos Públicos III
32
26
62
Sesenta y dos
Profesional en Ingresos Públicos II
31
21
24
Veinticuatro
Profesional en Ingresos Públicos I
30
18
25
Veinticinco
Técnico en Ingresos Públicos IV
28
17
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos números 1005 del 31 de mayo de 1993, 1985 del 4 de octubre de 1993, 2631 del 29 de noviembre de 1994 y 1852 del 23 de julio de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de abril de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio J. Urdinola.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Pablo Ariel Olarte Casallas.