DECRETO 781 DE 2000
(mayo 3)
por el cual se autoriza a un funcionario para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 18 del artículo 189 y el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia y,
CONSIDERANDO:
Que del 6 al 14 de mayo de 2000, se realizará una Visita Técnica a Costa Rica con el objeto de conocer experiencias en el tema de los Servicios y Mercados Ambientales (Captura de CC2), la Conservación de la Biodiversidad y Desarrollo Ecoturístico de Reservas Naturales, en la ciudad de San José, Costa Rica;
Que el Proyecto Desarrollo de la Participación Comunitaria en el Sector Forestal, Pacofor, Colombia-FAO-Holanda, extendió invitación al doctor Luis Fernando Gaviria Trujillo, Viceministro de Política y Regulación del Ministerio del Medio Ambiente, para participar en el citado evento;
Que es importante la participación del doctor Luis Fernando Gaviria Trujillo, Viceministro de Política y Regulación del Ministerio del Medio Ambiente, en el mencionado evento;
Que los gastos de viáticos y tiquetes aéreos de ida y regreso serán sufragados por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar al doctor Luis Fernando Gaviria Trujillo, Viceministro de Política y Regulación del Ministerio del Medio Ambiente, para aceptar la invitación del Proyecto Desarrollo de la Participación Comunitaria en el Sector Forestal, Pacofor-Colombia-FAO-Holanda, con el fin de integrar un equipo para realizar una Visita Técnica a Costa Rica del 6 al 14 de mayo de 2000, cuyo objeto es conocer experiencias en el tema de los Servicios y Mercados Ambientales (Captura de CC2), la Conservación de la Biodiversidad y Desarrollo Ecoturístico de Reservas Naturales, en la ciudad de San José, Costa Rica, con los gastos de viáticos y tiquetes aéreos de ida y regreso sufragados por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Viceministra de Coordinación del SINA, encargada de las funciones del Despacho del Ministro del Medio Ambiente,
Claudia Martínez Zuleta.