DECRETO 778 DE 2000
(mayo 2)
por el cual se ordena una comisión.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades Constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del parágrafo segundo del artículo 62 del Decreto 274 de 2000 y Decreto 67 de 1999,
DECRETA:
Artículo 1°. Comisiónase a partir del 3 de mayo de 2000 y por el término de uno punto cinco (1.5) días, (último día no pernocta) al doctor Carlos Mario Giraldo, con rango de Embajador en Misión Especial, para que se traslade a la ciudad de Santa Marta, Magdalena, con el fin de asistir al Encuentro Presidencial Colombo?Venezolano que se realizara en esta ciudad.
Artículo 2°. El doctor Giraldo, tiene derecho a pasaje aéreo en clase ejecutiva en la ruta Santa Fe de Bogotá-Santa Marta-Santa Fe de Bogotá por valor de seiscientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta pesos ($699.680.oo) y a la suma de ciento ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos ($187.854.oo) diarios por concepto de viáticos durante uno punto cinco (1.5) días.
Artículo 3°. El pasaje señalado en el presente Decreto se pagará con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y los viáticos con cargo a la Caja Menor número 6 del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, constituida mediante Resolución número 0154 de fecha 18 de enero del año 2000.
Artículo 4°. El doctor Giraldo, deberá rendir dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento de esta Comisión el informe sobre su cumplimiento tal como lo establece el artículo 12 del Decreto 1050 de 1997.
Artículo 5°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Guillermo Fernández de Soto.