DECRETO 761 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 761 DE 1999    

(mayo 3)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Ureña-  Estado del Táchira (Venezuela), el día 4 de mayo del presente año, con el fin  de realizar un encuentro de Jefes de Estado con el Presidente de la República  de Venezuela, Coronel (r) Hugo Chávez Frías;    

Que de conformidad con las disposiciones Constitucionales y con la  precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Hacienda y Crédito Público  está habilitado para ejercer las funciones constituciones como Ministro  Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la  República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto,  deléganse en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Juan Camilo  Restrepo Salazar, las funciones constitucionales correspondientes a los  siguientes asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1°  y 2°; 304 y 314.    

2. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las  facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República.    

Juan Hernández Celis.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *