DECRETO 746 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 746 DE 2000    

 (abril 27)    

por el cual se autoriza a un funcionario de la  Superintendencia de la Economía Solidaria para aceptar una invitación.    

Nota:  Derogado por el Decreto 1142 de 2000,  artículo 1º.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en  especial de las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que  el doctor Jorge Andrés López Bautista, identificado con cédula de ciudadanía  número 91244956, Superintendente 0030-25, de la Superintendencia de la Economía  Solidaria, requiere autorización para aceptar el pago por parte de la  Confederación Alemana de Cooperativas (DGRV), de los gastos del costo del viaje  (tiquete aéreo en clase económica), comidas y alojamiento, con el fin de  participar en el Seminario Internacional “Bancos Cooperativos y Cajas Centrales  de Cooperativas” evento que se realizará en la ciudad de Santa Cruz de la  Sierra (Bolivia) del 31 de mayo al 1° de junio de 2000;    

Que  el artículo 129 de la Constitución Política  establece que “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del gobierno”, prohibición  concordante con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;    

Que  de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996,  las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos  internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa  autorización del Gobierno Nacional;    

Que  según el artículo 1° del Decreto 1133 de 1999,  la Superintendencia de la Economía Solidaria es una entidad adscrita al  Ministerio de Hacienda y Crédito Público,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Autorízase al doctor Jorge Andrés López Bautista, ya identificado,  Superintendente 0030-25, de la Superintendencia de la Economía Solidaria, para  que previo el trámite de la correspondiente Comisión, acepte el pago por parte  de la Confederación Alemana de Cooperativas (DGRV), de los gastos de costo del  viaje (tiquete aéreo en clase económica), comidas y alojamiento, con el fin de  que participe en el Seminario Internacional “Bancos Cooperativos y Cajas  Centrales de Cooperativas” evento que se realizará en la ciudad de Santa  Cruz de la Sierra (Bolivia) del 31 de mayo al 1° de junio de 2000.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo.    

               

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