DECRETO 744 DE 2000
(abril 27)
por el cual se modifica el Decreto 496 del 16 de marzo de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política en concordancia con el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 496 del 16 de marzo de 2000 se encargó del 21 al 30 de marzo de 2000, al doctor Francisco de Paula Estupiñán Heredia, Viceministro de Hacienda y Crédito Público, de las funciones del cargo de Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Fogafin, mientras el titular se encontrara en comisión de servicios en el exterior del país;
Que mediante Resolución 0772 del 7 de abril de 2000, se modificó la fecha de la Comisión de Servicios en el exterior del país conferida mediante Resolución 0525 de marzo 13 de 2000, al doctor Jorge Castellanos Rueda, Director de Fogafin, quedando otorgada la Comisión del 21 al 25 de marzo de 2000;
Que como consecuencia de lo anterior es indispensable modificar el Decreto 496 de marzo 16 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificase el artículo 1° del Decreto 496 de 2000, el cual quedará así:
“Encárgase del 21 al 25 de marzo de 2000, de las funciones del cargo de Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Fogafin, al doctor Francisco de Paula Estupiñán Heredia, identificado con la cédula de ciudadanía número 19145965, Viceministro de Hacienda y Crédito Público, mientras el titular se encuentra en comisión de servicios en el exterior del país”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo.