DECRETO 735 DE 2000
(abril 24)
por el cual se confiere una comisión de servicios al exterior del país y se hace un encargo.
Nota: Ver Auto del Consejo de Estado del 1º de septiembre de 2005. Expediente: 2005-00069. Actor: Asociación de Empleados de la Contraloría Municipal de Santiago de Cali. Ponente: María Claudia Rojas Lasso.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el articulo 4° del Decreto 1050 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que se requiere comisionar a la doctora Marta Lucía Ramírez de Rincón, identificada con la cédula de ciudadanía número 41602794 de Bogotá, actual Ministra de Comercio Exterior, para que se traslade a la ciudad de Quito (Ecuador) los días 24 y 25 de abril de 2000, con el objeto de participar en la reunión de la Comisión de Asuntos Puntuales;
En consecuencia.
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir comisión de servicios a la doctora Marta Lucía Ramírez de Rincón, identificada con la cédula de ciudadanía número 41602794 de Bogotá, actual Ministra de Comercio Exterior, para que se traslade a la ciudad de Quito (Ecuador) los días 24 y 25 de abril de 2000, con el objeto de participar en la Reunión de la Comisión de Asuntos Puntuales.
Artículo 2°. Ordenar el suministro a la doctora Marta Lucía Ramírez de Rincón, de viáticos por la suma de trescientos dólares (US$300) liquidados con base en un valor diario de doscientos dólares (US$200) por el término de un (1) día y medio, según lo dispuesto en el Decreto 67 del 8 de enero de 1999, a pasaje aéreo en Clase Ejecutiva, con cargo al Presupuesto vigente del Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3°. Encargar al doctor Jaime Alberto Cabal Sanclemente, Ministro de Desarrollo Económico, de las funciones del Despacho de la Ministra de Comercio Exterior mientras dura la ausencia del titular.
Artículo 4°. Ordenar a la doctora Marta Lucía Ramírez de Rincón, presentar, dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, según lo dispone el artículo 12 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997.
Artículo 5°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, a 24 de abril de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.