DECRETO 702 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 702 DE 2000    

(abril 18)    

por el cual se autoriza a una  funcionario del Departamento Nacional 

  de Planeación para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,  especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Clara  Mercedes Leal Patarroyo, identificada con cédula de ciudadanía número 51935422  de Bogotá, Asesor 1020 Grado 09 de la Unidad de Planeación Regional y Urbana  del Departamento Nacional de Planeación, requiere autorización para aceptar del  Banco Interamericano de Desarrollo el pago de los costos académicos del  Diplomado Regional en Asentamientos Humanos, de la Organización Internacional  para las Migraciones el pago de los pasajes aéreos y Fondo de Intercambios,  Pasantías y Becas del Convenio Andrés Bello el pago de los gastos de  subsistencia y de seguro médico, durante su estadía en la ciudad de Santiago de  Chile, con ocasión de su participación en el Diplomado Regional en  Asentamientos Humanos, que se llevará a cabo del 2 de mayo del 2000 al 10 de  junio del mismo año;    

Que el Diplomado se  centrará en los temas de pobreza urbana y equidad, aspectos sociales, medio  ambiente y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos frente al  desarrollo en América Latina y el Caribe, por lo cual la asistencia de la  doctora Clara Mercedes Leal Patarroyo a tal evento reviste especial importancia  para el Departamento Nacional de Planeación y más concretamente para la Unidad  de Planeación Regional y Urbana, dependencia en la cual presta sus servicios,  dado que obtendrá elementos para asesorar a la Dirección del DNP en el  desarrollo de la política de prevención y atención del desplazamiento forzado y  en el diseño de políticas de reasentamiento de la población desplazada dentro  de un esquema coherente con el ordenamiento territorial del país;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política  establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de Gobiernos Extranjeros u Organismos Internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno Nacional, prohibición  concordante con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;    

Que de conformidad con el  artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos  internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa  autorización del Gobierno Nacional,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a  la doctora Clara Mercedes Leal Patarroyo, funcionaria del Departamento Nacional  de Planeación, para aceptar la invitación formulada por el Banco Interamericano  de Desarrollo para asistir al Diplomado Regional en Asentamientos Humanos, que  se llevará a cabo del 2 de mayo del 2000 al 10 de junio del mismo año.    

En virtud de la presente  autorización la funcionaria queda facultada para recibir del Banco  Interamericano de Desarrollo el pago de los costos académicos del Diplomado; de  la Organización Internacional para las Migraciones el pago de los pasajes  aéreos y del Fondo de Intercambios, Pasantías y Becas del Convenio Andrés  Bello, el pago de los gastos de subsistencia y de seguro médico, durante el tiempo  de estadía que requiere su participación en el evento.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 18 de abril de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Nacional de Planeación,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

               

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