DECRETO 70 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 70 DE 2000    

(enero 24)    

por  el cual se interrumpen unas vacaciones, se autoriza para aceptar una  invitación, 

  se confiere comisión de servicios en el exterior al Ministro de Salud 

  y se hace un encargo.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 34 del  Decreto 1950 de 1973,  en los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política, y en el artículo 4° del Decreto  1050 del 10 de abril de 1997, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Ministro de Salud, se encuentra disfrutando de vacaciones  concedidas mediante Decreto número 048 del 19 de enero del año 2000, las cuales  se extienden del día 20 de enero al 9 de febrero del año 2000;    

Que la Presidencia del Consejo de Ministros de Italia y el Banco  Interamericano de Desarrollo (BID), cursaron invitación al Ministro de Salud,  para participar en el “Forum Italo-Latinoamericano” con el fin de  integrar el grupo de trabajo sobre tecnologías de la información en salud  (Telerradiología), a realizarse en Verona, Italia, del 31 de enero al 2 de  febrero del año 2000;    

Que los gastos de estadía (hospedaje y alimentación), serán cubiertos  por la Presidencia del Consejo de Ministros de Italia y el Banco Interamericano  de Desarrollo (BID). Los gastos de tiquetes aéreos serán con cargo al  presupuesto del Ministerio de Salud;    

Que el mencionado evento, es un asunto de interés para el Gobierno  Nacional, toda vez, que el Proyecto de Telemedicina contribuye a llevar salud a  las zonas de más difícil acceso en el país y que ésta es una oportunidad de  concretar cooperación financiera y técnica para el Ministerio de Salud, con el  Gobierno de Italia;    

Que por lo antes expuesto, se hace necesario interrumpir las vacaciones del  señor Ministro de Salud, con el fin de participar en el mencionado Foro;    

Que una vez culmine el Foro Italo-Latinoamericano, el señor Ministro de  Salud continuará disfrutando de sus vacaciones;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política  establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Interrumpir a partir del día 30 de enero y hasta el día 3  de febrero del año 2000 el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones  al doctor Virgilio Galvis Ramírez, Ministro de Salud.    

Artículo 2°. Autorizar al doctor Virgilio Galvis Ramírez, Ministro de  Salud, para aceptar la invitación formulada por la Presidencia del Consejo de  Ministros de Italia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el fin  de participar en el “Forum Italo-Latinoamericano”, a realizarse en  Verona, Italia, del 31 de enero al 2 de febrero del año 2000, la cual incluye  pago de viáticos.    

Artículo 3°. Conceder al señor Ministro de Salud comisión de servicios  por el término comprendido entre el día 30 de enero y 3 de febrero del año  2000.    

Artículo 4°. Con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud se  cancelará lo correspondiente al pago de los tiquetes aéreos a que haya lugar.    

Artículo 5°. Una vez terminado el Foro Italo-Latinoamericano el señor  Ministro de Salud continuará disfrutando de sus vacaciones, a partir del 4 de  febrero del año 2000.    

Artículo 6°. Encárgase de las funciones del Despacho del Ministro de  Salud al doctor Mauricio Alberto Bustamante García, Viceministro de Salud,  mientras dura la ausencia del titular.    

Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

Juan  Luis Hernández Celis.              

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