DECRETO 69 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 69 DE 1998    

(enero 10)    

por el cual se fija el valor del punto para el personal  técnico-científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y se dictan otras  disposiciones en materia salarial.    

Nota: Derogado por el Decreto 47 de 1999.    

El Presidente de la  República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1º. A partir del 1º de enero de 1998, el valor del punto para el personal  técnico-científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, será de cuatro mil  trescientos setenta y ocho pesos ($4.378.00) moneda corriente.    

Artículo  2º. En ningún caso y por ningún concepto la remuneración total de los empleados  a quienes se les aplica el presente decreto, podrá exceder a la que corresponda  a los Ministros del Despacho por concepto de asignación básica, gastos de  representación y prima de dirección.    

Artículo  3º. En el valor del punto fijado en el presente decreto, queda incorporada la  bonificación por compensación establecida mediante el Decreto 1758 de 1997.    

Artículo  4º. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional  estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo  establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier  disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

Nadie  podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de  una asignación que provenga del Tesoro Público, de empresas o de instituciones  en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de  que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.    

No  se podrán recibir honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas  diarias de trabajo a varias entidades.    

Artículo  5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 36 de 1997  y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1998.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en el Distrito  Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, a 10 de enero de 1998.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Antonio J. Urdinola.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González  Salas.              

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