DECRETO 680 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 680 DE 2000    

(abril 18)    

por el cual se confiere  autorización para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política y Decretos 1050 y 2004 de 1997, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Ministerio de  Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del  Perú, ha invitado al doctor Víctor Rafael Fernández Avila, Jefe de División Código 2040, Grado  23, de la División de Planificación Descentralización e Infraestructura del  Ministerio de Desarrollo Económico, para asistir al “Taller de  Coordinación Perú, Colombia”, que se realizará los días 24 y 25 de abril  de 2000 en la ciudad de Lima (Perú);    

Que el Ministerio de  Desarrollo Económico, tiene entre sus funciones la de proponer las políticas e  identificar los instrumentos para el diseño de planes y programas que coadyuven  al desarrollo de la industria turística en las diversas regiones del país, por  lo tanto es de suma importancia la participación del doctor Víctor Rafael  Fernández Avila, a dicho taller;    

Que los gastos por  concepto de hospedaje, alimentación y desplazamiento en el país serán asumidos  por el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones  Comerciales Internacionales del Perú, y los gastos por concepto de pasajes  aéreos serán asumidos por la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional;    

Que de acuerdo con lo  estipulado por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos  nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de gobiernos  extranjeros u Organismos Internacionales,    

DECRETA:    

Artículo l°. Confiérese  autorización al doctor Víctor Rafael Fernández Avila, Jefe de División Código  2040, Grado 23, de la División de Planificación Descentralización e  Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Económico, para aceptar del  Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales  del Perú, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y desplazamiento  en el país, y de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, los gastos  por concepto de pasajes aéreos, con el objeto de asistir al “Taller de  Coordinación Perú, Colombia”, que se realizará los días 24 y 25 de abril  de 2000 en la ciudad de Lima (Perú).    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 18 de abril de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Desarrollo  Económico,    

Jaime Alberto Cabal  Sanclemente.    

               

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