DECRETO 665 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 665 DE 2000    

(abril 13)    

por el cual se autoriza a unos  funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario 

  y Carcelario, Inpec, para aceptar una invitación.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público encargado de funciones de Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política y en concordancia con el artículo 145 de la Ley 270 de 1996,    

CONSIDERANDO:    

Que el Instituto Nacional  Penitenciario y Carcelario, Inpec, celebró el convenio interinstitucional entre  el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Embajada del Gobierno de Estados  Unidos, cuyo objeto es el de apoyar al Ministerio de Justicia y del Derecho, en  el diseño e implantación de un sistema prototipo de administración y operación,  que asegure la calidad en la función penitenciaria y carcelaria. El logro de  los objetivos se hará mediante la unión de esfuerzos económicos, de educación,  entrenamiento y capacitación, asesoría y en general el intercambio de  tecnología blanda y dura, entre las partes signatarias del convenio;    

Que en virtud del  mencionado convenio la Subdirección Sección Asuntos Narcóticos de la Embajada  de los Estados Unidos de América, extendió invitación a algunos funcionarios  del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, con el fin de  participar en reuniones con las oficinas de Investigación Criminal, Asuntos  Internos, Verificación de Antecedentes e Inteligencia del Bureau de Prisiones  en Washington;    

Que la totalidad de los  gastos estará a cargo de la Embajada de los Estados Unidos de América a través  del Convenio celebrado, de acuerdo al oficio de fecha 11 de abril de 2000  suscrito por el Sub-Director de la Oficina de Asuntos Narcóticos, NAS, señor  David C. Becker, copia del cual se está anexando;    

Que para el Instituto  Nacional penitenciario y Carcelario, Inpec, es de gran importancia conocer e  intercambiar aspectos relacionados con el sistema carcelario de los Estados  Unidos de América, por los aportes que pueda tener sobre este tema, en razón  que el Instituto se encarga entre otras funciones, las de formular y ejecutar los  planes y programas de gestión carcelaria y penitenciaria, ejercer la dirección,  administración y control de los establecimientos carcelario y penitenciarios y  determinar los sistemas de seguridad, vigilancia y control al interior y  exterior de los establecimientos de reclusión;    

Que el Consejo Directivo  del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en sesión de abril 13  de 2000 autorizó por unanimidad la comisión de servicios al exterior de los  siguientes funcionarios: doctora María Victoria Ardila Torrijos, Jefe de la  Oficina de Control Unico Disciplinario del Instituto y al doctor Félix Cáceres  Lyons, Profesional Especializado,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisionar a  la doctora María Victoria Ardila Torrijos, Jefe de la Oficina de Control Unico  Disciplinario del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec,  identificada con cédula de ciudadanía número 39682234 Código 2045 Grado 25 para  viajar a la ciudad de Washington D. C., con el propósito de participar en  reuniones con las oficinas de Investigación Criminal, Asuntos Internos,  Verificación de Antecedentes e Inteligencia del Bureu de Prisiones en el cual  se llevará a cabo del 25 al 29 de Abril del presente año, más un día de ida y  uno de regreso, de conformidad con la parte motiva de esta Providencia.    

Artículo 2°. Comisionar  al doctor Félix Cáceres Lyons, cédula de ciudadanía número 19056731.  Profesional Especializado Código 3010. Grado 16 del Instituto Nacional  Penitenciario y Carcelario, Inpec, para viajar a la ciudad de Washington D. C.  con el propósito de participar en reuniones con las oficinas de Investigación  Criminal, Asuntos Internos, Verificación de Antecedentes, e Inteligencia del  Bureau de Prisiones en el cual se llevará a cabo del 25 al 29 de Abril del  presente año, más un día de ida y uno de regreso, de conformidad con la parte  motiva de esta Providencia.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2000.    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

El Viceministro de  Justicia y del Derecho encargado de las funciones del Despacho del Ministro de  Justicia y del Derecho,    

Mauricio González Cuervo.              

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