DECRETO 626 DE 2000
(abril 7)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará a las ciudades de:
– Washington-(Estados Unidos de Norteamérica), entre los días 10 al 12 de abril, con el fin de entrevistarse con la Secretaria de Estado, Madeleine Albright y adelantar diversas reuniones en el Congreso Norteamericano; así como, asistir a la Conferencia con la Asociación de Editores de Periódicos de los Estados Unidos.
– Londres-(Gran Bretaña), entre los días 12 al 15 de abril, con el fin de realizar visita oficial al Primer Ministro de la Gran Bretaña, Mr. Tony Blair.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, los Ministros de Defensa Nacional y de Hacienda y Crédito Público, están habilitados para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, delégase a partir del 10 al 12 de abril, al Ministro de Defensa Nacional, doctor Luis Fernando Ramírez Acuña, y del 12 al 15 de abril, al Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1° y 2°; 304 y 314.
2. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.