DECRETO 603 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 603 DE 2000    

 (abril 5)    

por el cual se  confiere autorización para aceptar una invitación.    

Nota: Derogado por el Decreto 901 de 2000,  artículo 1º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las  conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política, artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  los Decretos números 1050, 2004 de 1997,    

CONSIDERANDO:    

Que La Fundación para el Desarrollo de las  Artesanías (Fundart) y la Comunidad Iberoamericana de la Artesanías, han  invitado a la doctora Lucy Cajiao de Ruán, Profesional de la Gerencia General  de Artesanías de Colombia S. A. a participar en el Primer Encuentro de  Artesanos con Directores y responsables del Sector Artesano de los Países  lberoamericanos, que se realizará del 12 al 16 de abril de 2000 en la ciudad de  Córdoba (Argentina);    

Que el objeto del evento es el intercambio de  experiencias relacionadas con las políticas de comercialización y. promoción  para el sector artesanal y la aplicación del diseño al desarrollo de productos  artesanos, por lo anterior es de suma importancia la participación de la  doctora Lucy Cajiao de Ruán, a dicho evento ya que presentará una ponencia  sobre Expoartesanías como una política exitosa para la comercialización de las  artesanías;    

Que los gastos por concepto de viáticos y  tiquetes aéreos, serán asumidos por la Fundación para el Desarrollo de las  Artesanías (Fundart) y la Comunidad Iberoamericana de las Artesanías;    

Que de acuerdo con lo estipulado por los  artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos  nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de Gobiernos  Extranjeros u Organismos Internacionales,    

DECRETA:    

Artículo l°. Confiérese autorización a la doctora  Lucy Cajiao de Ruán, Profesional de la Gerencia General de Artesanías de  Colombia S. A., para aceptar de la Fundación para el Desarrollo de las  Artesanías (Fundart) y la Comunidad Iberoamericana de la Artesanías, los gastos  por concepto de viáticos y tiquetes aéreos, con el objeto de participar en el  Primer Encuentro de Artesanos con Directores y responsables del sector artesano  de los Países Iberoamericanos, que se realizará del 12 al 16 de abril de 2000  en la ciudad de Córdoba (Argentina).    

Artículo 2°. El presente decreto, rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de abril  de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Jaime Alberto Cabal  Sanclemente.              

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