DECRETO 539 DE 2001
(marzo 29)
por el cual se declara la terminación de unos tratados internacionales.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 ordinal 2° de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 4° dispone que cuando un Tratado, Convenio, Convención, etc., dejen de regir para Colombia por virtud de denuncia, caducidad o cualquiera otra causa, el Organo Ejecutivo dictará un decreto en que se declare esta circunstancia, con determinación de la fecha en que el Tratado dejó de tener vigencia para el Estado colombiano;
Que el artículo cuarto del “Protocolo de Cooperación Técnica y Científico-Tecnológica entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992, prevé una validez de cinco años, los cuales vencieron el 31 de julio de 2000;
Que el artículo sexto del “Acuerdo Económico entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992, prevé una validez de cinco años, los cuales vencieron el 31 de julio de 2000;
Que el artículo sexto del “Protocolo de Cooperación Educativa y Cultural entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992, prevé una validez de cinco años, los cuales vencieron el 31 de julio de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Decláranse terminados, a partir del 31 de julio de 2000, el “Protocolo de Cooperación Técnica y Científico-Tecnológica entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992; el “Acuerdo Económico entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992, y el “Protocolo de Cooperación Educativa y Cultural entre la República de Colombia y el Reino de España, Integrante del Tratado General de Cooperación y Amistad”, firmado en Madrid el 29 de octubre de 1992.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha d e su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de marzo de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Guillermo Fernández de Soto.