DECRETO 536 DE 2001
(marzo 29)
por el cual se autoriza a una Magistrada del Consejo Superior de la Judicatura para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de la Amistad del Pueblo de China con el Extranjero, ha formulado invitación a la doctora Lucía Arbeláez de Tobón, Magistrada de la Sala del Consejo Superior de la Judicatura, para que conozca e intercambie opiniones en torno a la Organización Judicial de la República Popular China, que se realizará durante 15 días a partir del 2 al 16 de abril del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación de la doctora Lucía Arbeláez de Tobón, Magistrada de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el artículo 1º del Decreto 2197 de 1996, “Las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales, o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Autorízase a la doctora Lucía Arbeláez de Tobón, Magistrada de la Sala del Consejo Superior de la Judicatura, para que conozca e intercambie opiniones en torno a la Organización Judicial de la República Popular China, que se realizará durante 15 días a partir del 2 al 16 de abril del año en curso.
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de marzo de 2001.
ANDRES PAST RANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.