DECRETO 534 DE 1999
(marzo 24)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 001 del 26 de febrero de 1998 que modifica la Planta de Personal de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del área de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1 . Apruébase el Acuerdo número 001 del 26 de febrero de 1998, expedido por el Consejo Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 001 DE 1998
(febrero 26)
por el cual se modifica la planta de personal de la Corporación para el Desarrollo sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena.
El Consejo Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y en concordancia con el artículo 12 del Decreto 1768 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímase de la planta de personal de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, los siguientes empleos:
Nº de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
PLANTA GLOBAL
(1) Uno
Profesional Universitario
3020
09
(1) Uno
Topógrafo
4105
15
(1) Uno
Técnico Administrativo
4065
13
(1) Uno
Almacenista
5080
22
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, los siguientes empleos:
Nº de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
PLANTA GLOBAL
(1) Uno
Técnico Administrativo
4065
18
(1) Uno
Topógrafo Tecnólogo
4160
15
(1) Uno
Auxiliar Administrativo
5120
22
(1) Uno
Secretario
5140
10
Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional, modifica en lo pertinente el Acuerdo 003 del 27 de febrero de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Villavicencio, a los 26 días del mes de febrero de 1998.
El Presidente,
(Fdo.) Hernando Zambrano León.
El Secretario,
(Fdo.) Jesús María Gallo.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Decreto 914 del 1º de abril de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo.
El Ministro del Medio Ambiente,
Juan Mayr Maldonado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.