DECRETO 529 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 529 DE 1999    

(marzo 24)    

por el cual se reglamentan parcialmente el  Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la Ley 489 de 1998.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1 . Las entidades financieras en las cuales la Nación, o  el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin, participen en su  capital, en desarrollo de los artículos 313 y 320 del Estatuto Orgánico del  Sistema Financiero, respectivamente, y por ello se transformen en sociedades de  economía mixta, de conformidad con el artículo 97 de la Ley 489 de 1998, quedarán  vinculadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Artículo 2º Los correspondientes órganos directivos de la entidad  procederán a modificar los estatutos internos en la forma que hubiera lugar  para ajustarlos a la naturaleza de la entidad y a la ley. Cuando sea preciso  modificar su estructura orgánica, el órgano directivo propondrá la reforma  pertinente al Gobierno Nacional, quien la adoptará mediante decreto.    

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruíz.              

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