DECRETO 522 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 522 DE 2000    

(marzo 24)    

por el cual se autorizan a unos  funcionarios del Departamento Administrativo 

  de Seguridad para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y especialmente  por las conferidas en los artículos 129 y 189, numeral 18, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Comunicación  126 del 1° de marzo del año 2000, suscrita por el señor José Luis Flores Gil,  Agregado de Policía de la Embajada de España en Colombia, informa que la  Secretaría de Estado para la Seguridad, a través de la Dirección General de la  Policía, ha acordado ofrecer diferentes becas a Oficiales de la Policía, para  los siguientes cursos: Falsedad Documental, que se llevará a cabo del 3 al 14  de abril del año 2000, Técnicas de Investigación e Información, del 8 al 19 de  mayo del 2000 y de Identificación de Firmas del 25 de septiembre al 6 de  octubre del año en curso, que serán impartidos en el Centro de Actualización y  Especialización de Toledo, España;    

Que el Director del  Departamento Administrativo de Seguridad, considera conveniente que para dichas  becas sean designados los señores: Capitán ® Jhon Jairo Lizarazo, Director  Seccional DAS Risaralda, al curso de Falsedad Documental, Mayor ® Roberto  Suárez Jaimes, Director Seccional DAS Nariño, al curso de Técnicas de  Investigación e Información y el Teniente Coronel Delfín Cortés Caviedes,  Director Seccional DAS Meta, al curso de Identificación de Firmas;    

Que la Secretaría de  Estado, a través de la Dirección General de la Policía de España, correrá con  los gastos de pasaje aéreo, alojamiento, manutención, material didáctico y  seguro médico de los participantes,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorizar a  los señores Jhon Jairo Lizarazo, Director Seccional DAS Risaralda, Roberto  Suárez Jaimes, Director Seccional DAS Nariño y Delfín Cortés Caviedes, Director  Seccional DAS Meta, para que viajen a la ciudad de Toledo, España y acepten las  becas ofrecidas, igualmente para aceptar el pago de los gastos que genere su  desplazamiento.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de Seguridad,    

Teniente  Coronel Germán Gustavo Jaramillo  Piedrahíta.              

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