DECRETO 497 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 497 DE 2000    

(marzo 16)    

por  el cual se designa Superintendente de Valores ad hoc.    

Nota: Modificado por el Decreto 1140 de 2000.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el artículo 189 numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia y el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo,    

CONSIDERANDO:    

1. Que el Superintendente de  Valores, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le  confieren el artículo 12, numeral 4, de la Ley 32 de 1979,  en concordancia con lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley 35 de 1993  y 3° numeral 14 del Decreto 2739 de 1991,  oído el concepto de la Sala General de la Superintendencia de Valores, expidió  la Resolución número 0889 del 20 de diciembre de 1999, por medio de la cual  ordenó cancelar, a título de sanción, la inscripción en el Registro Nacional de  Valores e Intermediarios de la sociedad, comisionista de bolsa Acciones e  Inversiones S. A.    

2. Que mediante escrito radicado  en día 28 de diciembre de 1999, bajo el número 199912-1506, la sociedad  comisionista de bolsa Acciones e Inversiones S. A., por conducto de su  apoderado especial y de su representante legal, interpuso recursos de  reposición contra la Resolución número 0889 del 20 de diciembre de 1999,  expedida por el Superintendente de Valores, y en su numeral 2.1 manifestó  refiriéndose a declaraciones suministradas por el Superintendente de Valores,  en el diario La República, que dicho funcionario debería declararse impedido  para resolver el recurso interpuesto.    

3. Que respecto de la anterior  manifestación, el Superintendente de Valores, mediante Auto 006 del 10 de  febrero de 2000, consideró que había sido recusado, toda vez que para el  efecto, en el acápite de pruebas del recurso se anexó copia de la publicación  realizada en el diario La República, de declaraciones dadas por él en el asunto  recurrido.    

4. Que en el mismo Auto 006,  citado en el considerando anterior, y respecto de la recusación, el  Superintendente de Valores resolvió no aceptar la causal invocada por el  apoderado y representante legal de la sociedad comisionista de bolsa Acciones e  Inversiones S.A., por considerar que las declaraciones dadas por ese despacho  al diario La República, publicadas en su edición del 23 de diciembre de 1999  “no importan emisión de juicio de valor alguno, parecer personal y menos  aún constituyen sentencia previa o juicio personal sobre la decisión  administrativa”, por cuanto “única y exclusivamente se limitó a  informar al medio de comunicación en mención, el contenido de la referida  resolución administrativa”.    

5. Que en el considerando tercero  del citado Auto 006, de 10 de febrero de 2000, el Superintendente de Valores se  declara impedido, en relación con las declaraciones dadas al diario El  Colombiano, publicadas en su edición del día 23 de diciembre de 1999, por  considerar que obra respecto de él la causal de impedimento prevista en el  numeral 12 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil.    

6. Que el Ministro de Hacienda y  Crédito Público, mediante Resolución número 0384 de fecha 25 de febrero de  2000, decide no aceptar la causal de recusación presentada por el apoderado y  representante legal de la sociedad comisionista de bolsa Acciones e Inversiones  S. A. y declarar probada la causal de impedimento contemplada en el artículo  150 numeral 12 del Código de Procedimiento Civil, respecto del Superintendente  de Valores, en relación con las declaraciones publicadas en el diario El  Colombiano del 23 de diciembre de 1999.    

7. Que corresponde al Presidente  de la República la designación del Presidente ad hoc en dicha Superintendencia,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificado por el Decreto 1140 de 2000,  artículo 1º. Desígnase al doctor Emilio José Archila Peñalosa,  identificado con la cédula de ciudadanía número 79316786 de Bogotá, actual  Superintendente de Industria y Comercio, como Superintendente de Valores ad  hoc, para que tramite y resuelva el recurso de reposición interpuesto por la  sociedad comisionista de bolsa Acciones e Inversiones S. A. contra la  Resolución 0889 del 20 de diciembre de 1999, expedida por el Superintendente de  Valores.    

Texto inicial:  “Nómbrase al doctor Jorge Pinzón Sánchez, identificado con la cédula de  ciudadanía número 79144673, de Bogotá, actual Superintendente de Sociedades,  como Superintendente de Valores ad hoc,  para que tramite y resuelva el recurso de reposición interpuesto por la  sociedad comisionista de bolsa Acciones e Inversiones S. A., contra la  Resolución 0889 del 20 de diciembre de 1999, expedida por el Superintendente de  Valores.”.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese, publíquese, y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C.,  a 16 de marzo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *