DECRETO 479 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 479 DE 1998    

(marzo 10)    

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1603 de 1994.    

Nota: Derogado por  el Decreto 1123 de 1999,  artículo 23. (éste declarado inexequible por la Corte Constitucional en  la Sentencia C-969 de 1999,  Providencia confirmada en la Sentencia C-996 de 1999.).    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales, en especial las que confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Modificar el artículo 21 del Decreto 1603 de 1994,  el cual quedará así:    

“Artículo  21. Domicilio. El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos  “Alexander Von Humboldt” tendrá su domicilio principal en la ciudad  de Santa Fe de Bogotá, D. C. En todo caso, el Instituto tendrá una sede de  trabajo en el municipio de Villa de Leyva, y podrá establecer otras sedes de  trabajo en lugares diferentes a su domicilio principal, sobre la base de los  programas que adelante.”    

Artículo  2º. Modificar el inciso 1º del numeral 4 del artículo 23 del Decreto 1603 de 1994,  el cual quedará así:    

“(…)    

4. Las  Corporaciones Autónomas Regionales interesadas en asociarse.    

“(…)”.    

Artículo  3º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 1998.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro del Medio Ambiente,    

Eduardo  Verano de la Rosa.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *