DECRETO 44 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 44 DE 1998    

(enero 10)    

por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.    

                                                       

Nota: Derogado por el  Decreto 68 de 1999.    

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas  generales señaladas en la Ley 4ª. de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º. A partir del 1º de enero de 1998, la remuneración del  Presidente de la República será reajustada en un dieciséis por ciento (16%).    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación, deroga el Decreto  43 del 5 de enero de 1996 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero  de 1998.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, a 10  de enero de 1998.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Antonio J. Urdinola.    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

Juan Carlos Posada.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González Salas.              

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