DECRETO 436 DE 2000
(marzo 8)
por el cual se concede una comisión al exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 129 y 189 de la Constitución Política, 34 y 96 del Decreto 1950 de 1973 y los Decretos 1050 de 1997, 26 de 1998 y 67 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Planeación y Desarrollo de Venezuela en coordinación con la Fundación de Investigaciones de Japón GIF, han organizado la Primera Conferencia Internacional sobre el Programa de Desarrollo de la Cuenca de los ríos Orinoco, Meta y Apure, la cual se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, durante los días 13 al 15 de marzo de 2000;
Que uno de los propósitos de esta Conferencia es lograr la conformación de un comité entre los gobiernos de Colombia y Venezuela para el estudio de factibilidad del citado programa;
Que en virtud de los objetivos, planes y programas a cargo del Ministerio de Transporte, es necesaria su participación en la Conferencia anotada;
Que por lo expuesto, es procedente conferir comisión de servicios al exterior al doctor Gustavo Adolfo Canal Mora, Ministro de Transporte,
DECRETA:
Artículo 1°. Conceder comisión de servicios al exterior al doctor Gustavo Adolfo Canal Mora, Ministro de Transporte, identificado con la cédula ciudadanía número 19062306, por los días 13 al 15 de marzo de 2000, para que se desplace a la ciudad de Caracas, Venezuela) con el objeto de asistir a la Primera Conferencia sobre el Programa de Desarrollo de la Cuenca de los Ríos Orinoco, Meta y Apure.
Artículo 2°. El Comisionado tendrá derecho a devengar viáticos a razón de US$200.00 diarios por dos días pernoctando y $100.00 por un día sin pernoctar, para un total de US$500.00.
Artículo 3°. Los gastos correspondientes a viáticos y pasajes serán sufragados con cargo a la Unidad 2401-01, Gestión General, Cuenta 2, Subcuenta 0, Gastos Generales, Objeto del Gasto 02 Adquisición de Servicios, Ordinal 53 Subordinal 2-Viáticos y Gastos de Viaje al Exterior, Recurso 10 Otros Gastos del Presupuesto del Ministerio de Transporte de la actual vigencia.
Artículo 4°. Encargar al doctor Federman Quiroga Ríos, Viceministro de Transporte, de las funciones del Despacho del Ministro de Transporte, mientras el titular permanece en comisión.
Artículo 5°. El comisionado deberá presentar dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado de las actividades desplegadas en desarrollo de la misma.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.