DECRETO 430 DE 2000
(marzo 8)
por el cual se confiere una comisión de servicios en el exterior del país
y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 1° de la Constitución Política, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 4° del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que se requiere comisionar al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, identificado con cédula de ciudadanía número 17157059 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público para que se traslade el día 15 de marzo de 2000 a la ciudad de Caracas (Venezuela), con el fin de asistir a la CIII Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento, CAF;
Que esta comisión no causa gastos por concepto de transporte por cuanto el desplazamiento se hará en la avioneta al servicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
En consecuencia,
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir comisión de servicios al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, identificado con cédula de ciudadanía número 17157059 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que se traslade el día 15 de marzo de 2000 (sin pernoctar) a la ciudad de Caracas (Venezuela), con el fin de asistir a la CIII Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento, CAF.
Artículo 2°. Ordenar el suministro al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, de viáticos por la suma de US$100.00 por el día 15 de marzo de 2000 (sin pernoctar), liquidados con base en un valor diario de US$200.00 según lo dispuesto en el Decreto 067 del 8 de enero de 1999, con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 77 del 14 de enero de 2000.
Artículo 3°. Ordenar al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar presentar ante el señor Presidente de la República dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, según lo dispone el artículo 12 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997.
Artículo 4°. Encargar al doctor Francisco de Paula Estupiñán Heredia, identificado con cédula de ciudadanía número 19145965 de Bogotá, actual Viceministro de Hacienda y Crédito Público, de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público mientras el titular permanece en el exterior.
Artículo 5°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.