DECRETO 423 DE 2000
(marzo 8)
por el cual se suspende a un notario y se efectúa un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 3° Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 0757 expedida el 25 de febrero de 1999, la Superintendencia Delegada para el Notariado de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó disciplinariamente con suspensión en el ejercicio del cargo de Notario Veintitrés del Círculo de Medellín, Antioquia, al doctor Rodrigo Escobar Pérez, por el término de 30 días;
Que la decisión quedó en firme al denegarse el recurso de queja interpuesto por el Notario sancionado contra la Resolución 2175 de 24 de mayo de 1999;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la medida disciplinaria y designar a la persona que habrá de reemplazar al funcionario sancionado durante su ausencia;
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suspéndase en el ejercicio del cargo de Notario Veintitrés del Círculo de Medellín, Antioquia, al doctor Rodrigo Escobar Pérez, identificado con la cédula de ciudadanía 3311408 expedida en Medellín, por el término de 30 días, contados a partir de la posesión del encargado.
Artículo 2°. Encárgase de la Notaría Veintitrés del Círculo de Medellín, Antioquia, a la doctora Claudia Nelly Gutiérrez Arango, identificada con la cédula de ciudadanía 42893057 de Envigado, por el término de 30 días.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.