DECRETO 419 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 419 DE 2000    

(marzo 8)    

por el cual se  reglamenta parcialmente la Ley 550 de 1999.    

El Presidente de  la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y,  en desarrollo de lo previsto en el artículo 47 de la Ley  550 y numeral 13 del artículo 34 de la Ley 550 de 1999,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Los nuevos créditos que se otorguen en cumplimiento de los  acuerdos de reestructuración, incluyendo los otorgados por el Instituto de  Fomento Industrial, IFI, con cargo a las líneas especiales de redescuento  previstas en el artículo 47 de la Ley 550, y que cumplan con los requisitos y  condiciones previstas para su otorgamiento, compartirán para su pago la  preferencia de primer grado en los términos del numeral 13 de artículo 34 de la  Ley 550.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

El Ministro de  Desarrollo Económico,    

Jaime Alberto Cabal  Sanclemente.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *