DECRETO 410 DE 2000
(marzo 8)
por el cual se concede una licencia ordinaria a un funcionario del Ministerio de Salud.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 19 del Decreto ley 2400 de 1968 y el artículo 61 del Decreto 1950 de 1973,
CONSIDERANDO:
Que el doctor Mauricio Alberto Bustamante García, Viceministro de Salud, solicita cuatro (4) días de licencia ordinaria, comprendidos entre el 21 y el 24 de marzo de 2000;
Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 19 del Decreto ley 2400 de 1968 y los artículos 60 y siguientes del Decreto 1950 de 1973, es procedente otorgar la licencia ordinaria solicitada,
DECRETA
Artículo 1°. Conceder licencia ordinaria por el término de cuatro (4) días calendario, desde el 21 hasta el 24 de marzo de 2000, al doctor Mauricio Alberto Bustamante García, identificado con la cédula de ciudadanía número 11337461 de Zipaquirá, Viceministro Código 0020 del Ministerio de Salud.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Salud,
Virgilio Galvis Ramírez.