DECRETO 364 DE 2001
(marzo 8)
por el cual se autoriza a unos Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura para que acepten una invitación.
El Ministro de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, delegatorio de funciones presidenciales conforme al Decreto 313 del 23 de febrero de 2001, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo General del Poder Judicial de España, ha formulado invitación a los doctores Gustavo Cuello Iriarte, Magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, y Guillermo Bueno Miranda, Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para participar en el Seminario de Inquisitorio al Acusatorio: Evolución del Sistema Penal, que se realizará en la Escuela Nacional de la Magistratura en París (Francia) del 19 al 23 de marzo del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de una beca para apoyar los gastos de participación en el evento;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación de los doctores Gustavo Cuello Iriarte, Magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, y Guillermo Bueno Miranda, Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política, “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a los doctores Gustavo Cuello Iriarte, Magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, y Guillermo Bueno Miranda, Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para participar en el Seminario de Inquisitorio al Acusatorio: Evolución del Sistema Penal, que se realizará en la Escuela Nacional de la Magistratura en París (Francia) del 19 al 23 de marzo del año en curso.
Que la invitación comprende el pago de una beca para apoyar los gastos de participación en el evento.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2001.
ROmulo Gonzalez Trujillo
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.