DECRETO 353 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 353 DE 2000    

 (marzo 3)    

por el cual  se confiere autorización para aceptar una invitación.    

Nota: Derogado por el Decreto 685 de 2000,  artículo 1º.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,  especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política y Decretos 1050 y 2004 de 1997, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Ministerio de Industria,  Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Perú, ha  invitado al doctor Víctor Rafael Fernández Avila, Jefe de División Código 2040,  Grado 23, de la División de Planificación Descentralización e Infraestructura  del Ministerio de Desarrollo Económico, para asistir al “Taller de  Coordinación Perú-Colombia”, que se realizará los días 6 y 7 de marzo de  2000 en la ciudad de Lima (Perú);    

Que el Ministerio de Desarrollo  Económico, tiene entre sus funciones la de proponer las políticas e identificar  los instrumentos para el diseño de planes y programas que coadyuven al  desarrollo de la industria turística en las diversas regiones del país, por lo  tanto es de suma importancia la participación del doctor Víctor Rafael  Fernández Avila, a dicho taller;    

Que los gastos por concepto de  hospedaje, alimentación y desplazamiento en el país serán asumidos por el  Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales  Internacionales del Perú, y los gastos por concepto de pasajes Aéreos serán  asumidos por la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional;    

Que de acuerdo con lo estipulado  por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos  nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de gobiernos  extranjeros u organismos internacionales,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Confiérese  autorización al doctor Víctor Rafael Fernández Avila, Jefe de División Código  2040 Grado 23 de la División de Planificación Descentralización e  infraestructura del Ministerio de Desarrollo Económico para aceptar del  Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales  Internacionales del Perú, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y  desplazamiento en el país, y de la Agencia Colombiana de Cooperación  Internacional, los gastos por concepto de pasajes aéreos, con el objeto de  asistir al “Taller de Coordinación Perú-Colombia” que se realizará  los días 6 y 7 de marzo de 2000 en la ciudad de Lima, Perú.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Jaime  Alberto Cabal Sanclemente.    

               

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