DECRETO 306 DE 2001
(febrero 22)
por el cual se confiere una comisión de servicios en el exterior y se hacen unos encargos.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y en especial las conferidas en los artículos 189 numeral 1 de la Constitución Política, 34 del Decreto 1950 de 1973 y 4° del Decreto 1050 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Francisco José Lloreda Mera, Ministro de Educación Nacional, hará parte de la comitiva que acompañará al Presidente de la República a la visita oficial que realizará a las ciudades de Kuala Lumpur- Malasia, Nueva Delhi y Bombay- India, del 26 de febrero al 8 de marzo de 2001;
Que los gastos por viáticos y pasajes aéreos que ocasione esta comisión, serán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, según Certificados de disponibilidad presupuestal números 138 y 139 del 19 de febrero de 2001, expedidos por el Coordinador de Presupuesto de este Ministerio,
DECRETA:
Artículo 1°. Comisiónase al doctor Francisco José Lloreda Mera, Ministro de Educación Nacional, para que se traslade del 26 de febrero al 8 de marzo de 2001 a las ciudades de Kuala Lumpur- Malasia, Nueva Delhi y Bombay- India, con el objeto de acompañar al Presidente de la República a la visita oficial que realizará a las ciudades antes mencionadas.
Parágrafo. Los gastos por concepto de viáticos a razón de US$380 diarios y pasajes aéreos que ocasiona esta comisión, serán pagados con cargo al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Educación Nacional, según certificados de disponibilidad presupuestal números 138 y 139 del 19 de febrero de 2001.
Artículo 2°. Ordenar al doctor Francisco José Lloreda Mera presentar ante el señor Presidente de la República dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado de las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, según lo dispone el artículo 12 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1977.
Artículo 3°. Encárgase de las funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional a la doctora Margarita María Peña Borrero, Viceministra de Educación, del 26 de febrero al 8 de marzo del año 2001.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Eduardo Pizano de Narváez.