DECRETO 2872 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2872 DE 2001    

(diciembre  24)    

por el cual se  establece prima técnica para el cargo de Defensor del Contribuyente y Usuario  Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas  Nacionales.    

Nota: Derogado por el Decreto 690 de 2002,  artículo 7    

El Presidente  de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en  la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1º. A partir de la fecha de expedición del presente decreto, el funcionario que  desempeñe el cargo de Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la  Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,  tendrá derecho a percibir en los mismos términos y condiciones la prima técnica  señalada en el Decreto 1624 de 1991.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2001.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos.        

El Director  del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio  Zuluaga Ruiz.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *