DECRETO 2798 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2798 DE 2001    

(diciembre 20)    

por el cual se reglamenta el artículo 119 del  Estatuto Tributario.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las  consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Monto a deducir por intereses sobre  préstamo de vivienda. Para efectos de la deducción por intereses sobre  préstamo de vivienda a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario,  el valor máximo a deducir por este concepto para el año gravable 2001, es la  suma de diecinueve millones quinientos mil pesos ($19.500.000), sin perjuicio  del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *