DECRETO 2769 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2769 DE 2001    

(diciembre 20)    

por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un  encargo.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la  conferida por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el  9° del artículo 9° del Decreto ley 2158  de 1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que por oficio DR‑4369 de 3 de diciembre de  2001, dirigido al señor Superintendente de Notariado y Registro , el doctor  Hernando Valenzuela Plata, presentó renuncia al cargo de Registrador Principal  código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Neiva, Huila;    

Que el artículo 114 del Decreto 1950 de 1973,  dispone: ¿La competencia para aceptar renuncia corresponde a la autoridad  nominadora¿;    

Que conforme al numeral 9° del artículo 9° del Decreto ley 2158  de 1992, corresponde al Presidente de la República la designación y  remoción de los Registradores Principales de Instrumentos Públicos;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por el  doctor Hernando Valenzuela Plata al cargo de Registrador Principal código 2015  grado 27 de Instrumentos Públicos de Neiva, Huila.    

Artículo 2°. Encargar al doctor Ramón Henry Sánchez  Méndez, identificado con la cédula de ciudadanía número 12.185.426, Registrador  Seccional de Instrumentos Públicos de Garzón, Huila, como Registrador Principal  código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Neiva, Huila, mientras el  señor Presidente de la República efectúa el nombramiento ordinario.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 20 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Rómulo González Trujillo.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *