DECRETO 2758 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2758 DE  2001    

(diciembre 20)    

por el cual se establece la estructura  del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales Satena y se determinan las  funciones de sus dependencias.    

Nota: Derogado por el Decreto 2163 de 2008,  artículo 16.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 16 del artículo  189 de la Constitución Política y con sujeción a los principios y reglas del  artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

CAPITULO I    

Estructura    

Artículo  1°. Estructura. La estructura del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales,  Satena, será la siguiente:    

1. Junta Directiva    

2. Gerencia    

2.1. Oficina de Control Interno    

2.2. Oficina Asesora de Jurídica    

2.3 Oficina Asesora de Planeación y Sistemas    

2.4. Departamento de Seguridad    

3. Subgerencia    

3.1. División Operaciones    

3.2. División Técnica    

3.3. División Comercial    

3.4. División Administrativa y Financiera    

3.5. Departamento de Administración de la Calidad    

4. Organos de Asesoría y Coordinación    

4.1. Comité de Coordinación del Sistema de Control  Interno    

4.2. Comisión de personal.    

4.3. Comité de Seguridad y Prevención de  Accidentes.    

CAPITULO II    

De las funciones    

Artículo 2°. La Junta Directiva y el Gerente  cumplirán las funciones señaladas en la ley, los estatutos de la empresa y en  las demás disposiciones legales vigentes.    

OFICINA DE CONTROL INTERNO    

Artículo 3°. Son funciones de la Oficina de Control  Interno:    

a) Planear, dirigir y organizar la verificación y  evaluación del Sistema de Control Interno;    

b) Asesorar y apoyar a la gerencia, en el diseño,  implantación y desarrollo de procesos relacionados con el sistema de Control  Interno en la empresa;    

c) Verificar que el Sistema de Control Interno,  esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea  intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular,  de aquellos que tengan responsabilidad de mando;    

d) Verificar que los controles definidos para los  procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su  ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación  del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;    

e) Verificar que los controles asociados con todas  y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente  definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la  evolución de la entidad;    

f) Velar por el cumplimiento de las leyes, normas,  políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la  organización y recomendar los ajustes necesarios;    

g) Servir de apoyo a los directivos en el proceso  de toma de decisiones a fin de que se obtengan los resultados esperados;    

h) Verificar los procesos, relacionados con el  manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y  recomendar los correctivos que sean necesarios;    

i) Mantener permanentemente informados a los  directivos acerca del estado de Control Interno de la empresa, y agencias  comerciales dando cuenta de las debilidades detectadas de las fallas en su  cumplimiento;    

j) Diseñar, fomentar y propiciar una cultura de  autocontrol y de mejoramiento continuo en todos los niveles de la empresa y  agencias comerciales estableciendo planes estratégicos, tácticos y operativos;    

k) Verificar que se implanten las medidas  respectivas recomendadas;    

l) Fomentar en toda la organización, la formación  de una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el  cumplimiento de misión institucional;    

m) Evaluar y verificar la aplicación de los  mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional  y legal diseñe Satena;    

n) Vigilar que las quejas y reclamos que se  presenten en relación con los servicios que presta la entidad, sean atendidas  oportunamente, de acuerdo con las normas legales vigentes y rendir al Gerente  General u n informe semestral;    

ñ) Las demás que le sean asignadas y correspondan a  la naturaleza de la dependencia.    

OFICINA ASESORA DE JURIDICA    

Artículo 4°. Son funciones de la Oficina Asesora de  Jurídica:    

a) Asesorar la Gerencia en los asuntos relacionados  con la parte jurídica de la empresa y de sus actuaciones, así como también  emitir conceptos que sean requeridos por las demás dependencias;    

b) Conceptuar, elaborar y/o revisar los proyectos  de acuerdos, resoluciones, actos administrativos y minutas de contratos que  deban suscribir la Junta Directiva y la Gerencia.    

c) Preparar y recomendar a la Gerencia,  anteproyectos de ley o de decretos referentes a los objetivos de la empresa o  relacionados con su operación, para su trámite ante los organismos competentes;    

d) Representar judicial y extrajudicialmente a la  entidad ya sea directamente o a través de abogados externos en los asuntos de  carácter jurídico cuando así lo determine la Gerencia e informar el curso de  los mismos;    

e) Mantener actualizadas las normas y disposiciones  legales relacionadas con la empresa, velar por su divulgación así como llevar  el registro de los contratos y resoluciones;    

f) Velar por el cumplimiento  de los términos y demás disposiciones referentes a las investigaciones  disciplinarias que se adelanten en la Oficina de Control Interno Disciplinario;    

g) Revisar las pólizas constituidas a favor de la  entidad de los contratos que se elaboren y se revisen en la oficina;    

h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a  la naturaleza de la dependencia.    

OFICINA ASESORA DE PLANEACION Y SISTEMAS    

Artículo 5°. Son funciones de la Oficina Asesora de  Planeación y Sistemas, las siguientes:    

a) Asesorar a la gerencia, en la formulación de  políticas y en la definición de planes y programas que deba realizar la empresa  en el cumplimiento de sus objetivos;    

b) Planear el desarrollo económico, competitivo de  la empresa a mediano y largo plazo atendiendo normas y procedimientos vigentes,  y a las tendencias que muestran el desarrollo social, económico y político,  garantizando un fortalecimiento organizacional acorde al entorno com-petitivo;    

c) Preparar de conformidad con el plan general de  acción y en coordinación con la (dependencia) financiera el proyecto anual de  presupuesto, el programa anual de caja, sus modificaciones y someterlos a  consideración de la Junta Directiva;    

d) Dirigir, coordinar y desarrollar el sistema  integrado de planeamiento, programación y presupuestación como modelo de administración  de recursos para la empresa;    

e) Coordinar, dirigir y  controlar las actividades inherentes a los sistemas de información de la  entidad;    

f) Asesorar a la  Gerencia, en la definición de planes y en el establecimiento de programas en  materia de sistematización;    

g) Coordinar, formular y  evaluar los proyectos de inversión de la empresa, atendiendo a las políticas y  normatividad que gobierne la aplicación y desarrollo de dichos proyectos;    

h) Diseñar, aplicar y  analizar herramientas de medición y comparación, de gestión productiva, para  las dependencias de la organización a fin de detectar comportamientos y  tendencias que afecten el desarrollo económico de la empresa, para establecer y  corregir las desviaciones y recomendar directrices de ajuste a la gestión;    

i) Atender y fomentar la  metodología que tenga que ver con las tendencias de mejoramiento y  competitividad organizacional, en el ámbito de mediana y alta gerencia a fin de  que se implementen herramientas estratégicas que beneficien el desarrollo de la  organización;    

j) Diseñar formas y  métodos adecuados para el normal funcionamiento de los procesos que tienen que  ver con la misión de cada dependencia;    

k) Investigar, planear,  evaluar y presentar los proyectos de sistematización de acuerdo con las necesidades  de la empresa;    

l) Diseñar, desarrollar y  mantener las aplicaciones y soluciones automatizadas requeridas en las  diferentes actividades y dependencias de la empresa;    

n) Documentar, coordinar  y controlar l os procedimientos, transmisión de datos, mantenimiento de  archivos magnéticos, estudio del comportamiento de equipos y ajuste a su  operación;    

o) Recomendar la  adquisición de equipos y nuevas tecnologías, de acuerdo con las necesidades de  la empresa en el área de informática;    

p) Elaborar y presentar  los programas de capacitación, los manuales del usuario y prestar la asesoría  necesaria a todos los funcionarios de la empresa;    

q) Velar por la seguridad y protección de los  recursos informáticos;    

r) Coordinar el diseño y adopción de sistemas de  información gerencial que facilite el proceso de toma de decisiones;    

s) Las demás que le sean asignadas y correspondan a  la naturaleza de la dependencia.    

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD    

Artículo 6°. Son  funciones del Departamento de Seguridad:    

a) Asesorar a la gerencia  en la formulación de planes relacionados con la seguridad de la empresa;    

b) Elaborar y desarrollar  los programas de prevención de accidentes aéreos con el fin de detectar riesgos  y deficiencias en los aspectos de seguridad aérea;    

c) Determinar y tramitar  la adquisición de los elementos necesarios para los equipos de supervivencia,  emergencia de los aviones y elementos de protección personal de los  trabajadores y controlar su asignación y uso adecuado;    

d) Determinar las causas  de los accidentes o incidentes aéreos con base en las investigaciones y rendir  el correspondiente informe a la gerencia;    

e) Supervisar los  programas de entrenamiento de tripulantes de vuelo y del personal técnico desde  el punto de vista de seguridad aérea e industrial;    

f) Elaborar y desarrollar  los programas de prevención de accidentes de trabajo y salud ocupacional;    

g) L as demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

SUBGERENCIA    

Artículo 7°. Son  funciones de la Subgerencia:    

a)  Asistir a la Gerencia en la coordinación de las actividades de las diferentes  dependencias;    

b) Representar a la  Gerencia en las actividades que este le encomiende;    

c) Velar por el  cumplimiento de las normas y procedimientos de la empresa y conceptuar sobre  los asuntos que se sometan a su consideración;    

d) Dirigir y controlar la  organización de los archivos, general, histórico y de normas permanentes de la  empresa;    

e) Comunicar decisiones  pertinentes a las dependencias respectivas y ejercer el control sobre el  cumplimiento de las órdenes de gerencia y plazos de cumplimiento estipulados;    

f) Las demás que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

DIVISION DE OPERACIONES    

Artículo 8°. Son  funciones de la División de Operaciones:    

a) Asistir a la Gerencia  en la formulación de los planes y programas relacionados con las operaciones  aéreas de la empresa;    

b) Supervisar la  operación de vuelo y los aspectos relativos a la seguridad de esta operación;    

c) Coordinar con la  División Comercial el establecimiento o supresión de rutas y frecuencias de  acuerdo con las necesidades y condiciones del mercado;    

d) Coordinar con la  División Técnica el manteni miento y la disponibilidad del material aeronáutico;    

e) Organizar y supervisar las actividades  relacionadas con la instrucción y entrenamiento de los tripulantes en los  diferentes equipos que operan en la empresa;    

f) Controlar y evaluar la  programación de vuelo y su cumplimiento;    

g) Mantener datos  estadísticos de la operación de vuelo confiables que faciliten las actividades  de la dependencia;    

h) Dirigir y controlar la  ejecución de los programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

i) Coordinar el  seguimiento minucioso de las operaciones diarias de vuelo de la empresa;    

j) Supervisar que las  operaciones de vuelo, se lleven a cabo bajo los estándares de las regulaciones  nacionales e internacionales;    

k) Hacer cumplir las  regulaciones impuestas por la FAC, Aeronáutica Civil y la Gerencia en lo  relacionado con las operaciones aéreas;    

l) Supervisar los  chequeos de vuelo y control anual para mantenimiento de autonomías;    

m) Planear y programar la  adquisición de los equipos necesarios para el eficiente funcionamiento de las  comunicaciones de la empresa;    

n) Coordinar y controlar  las actividades inherentes a la atención y despacho de las aeronaves, en  cumplimiento a los itinerarios programados;    

o) Controlar y supervisar  el cargue y descargue de los aviones y entrega de equipajes y carga a los  usuarios;    

p) Las demás que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

DIVISION TECNICA    

Artículo 9°. Son  funciones de la División Técnica:    

a) Dirigir y evaluar la  elaboración y ejecución de los planes y programas necesarios para el  mantenimiento preventivo y correctivo de las aeronaves y equipos de la empresa;    

b) Coordinar los estudios  de factibilidad y recomendar la renovación o sustitución del equipo aéreo,  equipo de apoyo terrestre (ETA), partes aeronáuticas y presentar las  necesidades de inversión que de allí se deriven;    

c) Ejecutar y controlar  los programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

d) Mantener actualizada  la documentación técnica inherente al equipo aéreo que posee la empresa;    

e) Orientar, coordinar y  evaluar los programas de adiestramiento para el personal técnico;    

f) Programar en  coordinación con el área de entrenamiento, los cursos de tierra y repaso para  el personal de técnicos tripulantes en los diferentes equipos de la empresa;    

g) Dirigir y controlar la  elaboración de los programas de mantenimiento de las aeronaves, ajustada a los  patrones establecidos por la empresa y de acuerdo con lo dispuesto en los  manuales de los fabricantes;    

h) Determinar las necesidades y prever la disponibilidad  de partes aeronáuticas, maquinaria y equipo requerido para el mantenimiento de  las aeronaves y reparación de aeropartes;    

i) Dirigir y controlar las actividades inherentes a  la compra de elementos, aeropartes y demás insumos necesarios para el mantenimiento  de las aeronaves, cumpliendo las normas y procedimientos administrativos de la  empresa;    

j) Dirigir y coordinar las importaciones que  requiera la empresa;    

k) Las demás funciones que le sean asignadas y  correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

DIVISION COMERCIAL    

Artículo 10. Son funciones de la División  Comercial:    

a) Proponer y desarrollar políticas y estrategias  de mercado que fomenten y aseguren el incremento progresivo de las ventas;    

b) Planear, organi zar, dirigir y controlar las  actividades inherentes a la comercialización de productos y servicios y  presentar informes periódicos sobre los resultados obtenidos;    

c)  Coordinar la ejecución de los planes de venta a nivel nacional de acuerdo con  las políticas gerenciales;    

d) Dirigir estudios para determinar la demanda  actual y potencial de los servicios existentes y nuevos de acuerdo con las  exigencias del mercado;    

e) Promover los servicios a través de la  participación en exposiciones y certámenes de índole nacional conforme a las  normas y directrices fijadas por la empresa;    

f) Preparar en coordinación con todas las  dependencias el proyecto de presupuesto de ingresos;    

g) Proponer a la gerencia para su aprobación, la  política de tarifas de los servicios que presta la empresa que garanticen  competitividad a nivel nacional;    

h) Optimizar la red comercial de puntos de venta y  otros e identificar y utilizar nuevos canales de distribución a nivel nacional;    

i) Proponer las campañas publicitarias de acuerdo  con las políticas, normas y disposiciones del Gobierno Nacional;    

j) Establecer programas de estímulos por ventas de  acuerdo con las políticas y directrices fijadas por la entidad;    

k) Ejecutar los programas que adopte la empresa  para el aseguramiento de la calidad en su área;    

l) Dirigir las actividades de las Agencias  Comerciales, Oficina de Pasajes, Reservas y Atención al Cliente;    

m) Proponer a la Gerencia los candidatos para  contratar como agentes comerciales, de turismo y demás puntos de venta;    

n) Las demás funciones que le sean asignadas y  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA    

Artículo 11. Son funciones de la División  Administrativa y Financiera:    

a) Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades  inherentes a la gestión financiera y administrativa de la empresa en  concordancia con los objetivos de la misma;    

b) Dirigir, coordinar y supervisar las  actividades relacionadas con las operaciones contables, presupues tales y  financieras de la empresa;    

c) Fijar las directrices, que se requieran para la  elaboración, ejecución y control presupuestal como una herramienta eficaz para  la proyección de la empresa;    

d) Preparar en coordinación con la Oficina Asesora  de Planeación el proyecto anual de presupuesto;    

e) Adelantar gestiones orientadas a la búsqueda de  recursos financieros y procurar administración conforme a los objetivos y  programas de Satena;    

f) Fijar y controlar la aplicación de los sistemas  contables, presupuestales y de costos de la empresa;    

g) Determinar, de acuerdo con las disposiciones  vigentes los sistemas de recaudo de ingresos y de pago de las obligaciones de  la empresa;    

h) Proponer políticas de crédito, así como dirigir  las actividades tendientes al manejo y recuperación de la cartera;    

i) Coordinar el manejo y control de los aspectos  financieros y administrativos de las agencias comerciales y de turismo;    

j) Proponer a la gerencia, inversiones financieras  que por rentabilidad y conveniencia sean favorables a la empresa;    

k) Dirigir y controlar la ejecución de los  programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

l) Planear, organizar, dirigir y controlar las  actividades inherentes a la administración del recurso humano de la empresa;    

m) Organizar y coordinar las actividades  relacionadas con las compras, el almacenamiento y el suministro oportuno de los  elementos misceláneos necesarios para el funcionamiento de la empresa;    

n) Organizar, controlar y coordinar las actividades  inherentes a los servicios generales de aseo, cafetería, construcciones,  conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles, prestación de  los servicios de transporte, seguridad física de la empresa;    

o) Elaborar y desarrollar los programas de  prevención, de defensa y protección física de la empresa;    

p) Las demás funciones que le sean asignadas y  correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE LA CALIDAD    

Artículo 12. Son funciones del Departamento de  Administración de la Calidad:    

a) Promover la actualización y capacitación sobre  los conceptos de calidad total y la motivación del personal para la prestación  de servicios con calidad en toda la organización y sus diferentes áreas;    

b) Establecer metodología de trabajo en cuanto a  procedimientos técnicos para legislación, ejecución y control de programas de  mantenimiento preventivo, correctivo e imprevistos para mejorar y optimizar las  calidades y cualidades técnicas en el alistamiento de aeronaves y prestación de  servicios;    

c) Desarrollar el plan para el control de los  talleres aeronáuticos de la empresa así como los talleres externos que sirven  de apoyo, así como efectuar el control de los materiales aeronáuticos, pruebas  no destructivas y formatos técnicos de inspección, verificando que cumplan los  requerimientos de la Aeronáutica Civil;    

d) Vigilar el cumplimiento de las normas  aeronáuticas durante la ejecución de los trabajos de mantenimiento, así como en  el cumplimiento de los programas de mantenimiento de los aviones de acuerdo con  las especificaciones de los fabricantes;    

e) Responder por el aseguramiento de la calidad  mediante la verificación de las condiciones de ejecución de los trabajos de  mantenimiento y en la prestación de servicios;    

f) Llevar a la práctica los procedimientos de RII  ítem de inspección requeridas) y verificar que se cumplan;    

g) Elaborar el plan de entrenamiento de inspectores  y asignación del personal a los cursos programados;    

h) Intervenir en las investigaciones de accidentes  dando los informes pertinentes;    

i) Servir de enlace con la Unidad Administrativa  Especial de la Aeronáutica Civil;    

j) Velar para que la información técnica  aplicable a los equipos de la empresa se cumplan;    

k) Elaborar manuales de control Calidad del  Servicio y verificar su cumplimiento y mantenerlos actualizados;    

l) Elaborar los programas detallados para el  aseguramiento de la calidad;    

m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a  la naturaleza de la dependencia.    

ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION    

Artículo 13. Comité de Coordinación del Sistema  de Control Interno. El Comité de Coordinación del Sistema de Control  Interno, actuará como órgano asesor del Gerente General y se regirá por las  disposiciones señaladas en la Ley 87 de 1993, el Decreto 1826 de 1994,  Decreto 2145 de 1999,  Decreto 2539 de 2000  y demás normas vigentes;    

Artículo 14. Comisión de personal. La composición y  funciones de la Comisión de personal serán las señaladas en las disposiciones  legales vigentes.    

Artículo 15. Comité de seguridad y prevención de  accidentes. El Comité de Seguridad y Prevención de Accidentes estará integrado  por el Gerente, quien lo presidirá, el Jefe de la División de Operaciones, el  Jefe de la División Técnica, el jefe de la Oficina de Seguridad quien actuará  como Secretario del Comité, un piloto experimentado en cada uno de los equipos  de vuelo, según sean convocados por el Gerente o Secretario del Comité, y  cumplirá las siguientes funciones:    

a) Recomendar políticas sobre seguridad aérea,  industrial y física.    

b) Analizar y prevenir riesgos de operación en los  diferentes equipos.    

Artículo 16. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación y de roga las disposiciones que le sean contrarias,  en especial el Decreto 605 de 1990.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gustavo Bell Lemus.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.    

               

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