DECRETO 2751 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2751 DE 2000    

(diciembre 27)    

por el cual se  fija el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto  Geográfico Agustín Codazzi, y se dictan otras disposiciones en materia  salarial.    

Nota: Derogado por el Decreto 1489 de 2001,  artículo 4º.    

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas  generales señaladas en la Ley 4ª de 1992 y de  conformidad con lo resuelto por la Sala Plena de la Corte Constitucional  mediante Sentencia C-1433/2000 del 23 de  octubre de 2000,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 2000 el  valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico  Agustín Codazzi–, será de cinco mil quinientos pesos ($5.500.oo) m/cte.    

Artículo 2°. En ningún caso y por ningún concepto  la remuneración total de los empleados a quienes se les aplica el presente  decreto, podrá exceder a la que corresponda a los Ministros del Despacho por  concepto de asignación básica, gastos de representación y prima de dirección.    

Artículo 3°. Ninguna autoridad podrá establecer o  modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del  presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992.  Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un  empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro  Público, de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el  Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.    

No se podrán recibir honorarios que sumados  correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo a varias entidades.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación, deroga el Decreto 47 de 1999  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2000.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2000.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan  Manuel Santos.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz              

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