DECRETO 2702 DE 2000
(diciembre 27)
por el cual se aprueba la modificación a la planta de personal administrativo
del Instituto Tecnológico Pascual Bravo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Tecnológico Pascual Bravo presentó los estudios técnicos de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal administrativo. El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto favorable, según Oficio número 017386 del 14 de septiembre de 2000;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal mediante Oficio 3037 del 1° de noviembre de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Instituto Tecnológico Pascual Bravo, así:
Número Dependencia y
de empleos Denominación del cargo Código Grado
RECTORIA
1 (uno) Rector de Institución Tecnológica 0052 03
SECRETARIA GENERAL
1 (uno) Secretario General de Institución Tecnológica 0185 01
VICERRECTORIA ACADEMICA
1 (uno) Vicerrector de Institución Tecnológica 0065 02
DIRECCION ADMINISTRATIVA
1 (uno) Director Administrativo de Institución Tecnológica 0065 02
UNIDAD DE TECNOLOGIA ELECTRONICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 09
UNIDAD DE TECNOLOGIA ELECTRICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 09
UNIDAD DE TECNOLOGIA MECANICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 09
UNIDAD DE TECNOLOGIA DE SISTEMAS
INDUSTRIALES
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 09
CENTRO DE EDUCACION ABIERTA Y A DISTANCIA
1 (uno) Director de Centro de Institución Tecnológica 2140 07
CENTRO DE INVESTIGACION TECNOLOGICA
Y EXTENSION
1 (uno) Director de Centro de Institución Tecnológica 2140 07
DEPARTAMENTO DE ELECTRONICA INDUSTRIAL
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 07
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y
MONTAJE MECANICO
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 07
DEPARTAMENTO DE GENERACION Y
TRANSMISION ELECTRICA
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 07
DEPARTAMENTO DE PRODUCCION Y METODOS
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 07
DEPARTAMENTO DE FUNDAMENTACION
CIENTIFICA Y HUMANISTICA
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 07
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Instituto Tecnológico Pascual Bravo los siguientes empleos:
Número Dependencia y
de empleos Denominación del empleo Código Grado
RECTORIA
1 (uno) Rector de Institución Tecnológica 0052 13
SECRETARIA GENERAL
1 (uno) Secretario General de Institución Tecnológica 0185 06
VICERRECTORIA ACADEMICA
1 (uno) Vicerrector de Institución Tecnológica 0065 07
DIRECCION ADMINISTRATIVA
1 (uno) Director Administrativo de Institución Tecnológica 0065 07
UNIDAD DE TECNOLOGÍA ELECTRONICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 11
UNIDAD DE TECNOLOGÍA ELECTRICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 11
UNIDAD DE TECNOLOGIA MECANICA
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 11
UNIDAD DE TECNOLOGIA DE SISTEMAS
INDUSTRIALES
1 (uno) Director de Unidad Tecnológica 2135 11
CENTRO DE EDUCACION ABIERTA
Y A DISTANCIA
1 (uno) Director de Centro de Institución Tecnológica 2140 10
CENTRO DE INVESTIGACION TECNOLOGICA
Y EXTENSION
1 (uno) Director de Centro de Institución Tecnológica 2140 10
Número Dependencia y
de empleos Denominación del cargo Código Grado
DEPARTAMENTO DE ELECTRÓNICA
INDUSTRIAL
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 08
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO
Y MONTAJE MECANICO
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 08
DEPARTAMENTO DE GENERACION
Y TRANSMISION ELECTRICA
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 08
DEPARTAMENTO DE PRODUCCION
Y METODOS
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 08
DEPARTAMENTO DE FUNDAMENTACION
CIENTIFICA Y HUMANISTICA
1 (uno) Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 08
Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta días (60) siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás vigentes sobre la materia.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 648 de 1987 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Educación Nacional,
Francisco José Lloreda Mera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.