DECRETO 2675 DE 2001
(diciembre 13)
por el cual se da una autorización, se confiere comisión de servicios al exterior a la Ministra de Cultura y se hace un encargo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997, el Decreto 1461 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, debe desplazarse a la ciudad de París, Francia, del 14 al 20 de diciembre de 2001, con el objeto de asistir al Festival Don Quijote de Teatro Hispano y presentar ante la Unesco el Manifiesto por la Paz, firmado en Santa Cruz de Mompox, Colombia, dentro del marco del Programa La Cultura le Declara la Paz a Colombia;
Que los gastos por concepto de transporte aéreo de la doctora Araceli Morales López, serán asumidos por la Organización de Estados Iberoamericanos O.E.I. Los viáticos serán pagados con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2-02-10, de acuerdo al CDP 641 del 7 de noviembre de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría Gen eral,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la Ministra de Cultura doctora Araceli Morales López, para aceptar el pago de tiquetes aéreos para su desplazamiento a la ciudad de París, Francia, durante los días 14 al 20 de diciembre de 2001, por parte de la Organización de Estados Iberoamericanos O.E.I.
Artículo 2°. Confiérese comisión de servicios al exterior, a la Ministra de Cultura, para desplazarse a la ciudad de París, Francia, del 14 al 20 de diciembre de 2001, con el objeto de asistir al Festival Don Quijote de Teatro Hispano y presentar ante la Unesco el Manifiesto por la Paz, firmado en Santa Cruz de Mompox, Colombia, dentro del marco del Programa La Cultura le Declara la Paz a Colombia.
Artículo 3°. La Ministra de Cultura, tiene derecho al reconocimiento y pago de seis días y medio (6.5) por concepto de alimentación, alojamiento y transporte local a razón de US$380 diarios, para un total de US$2.470, sufragados con cargo al Presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2-02-10, según CDP 641 del 7 de noviembre de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General. Los tiquetes aéreos serán asumidos por la Organización de Estados Iberoamericanos O.E.I.
Artículo 4°. Encárgase a la doctora Marta Mercedes Castrillón Simmonds, Viceministra de Cultura, de las funciones del despacho de la Ministra de Cultura, durante la ausencia de su titular.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO