DECRETO 2675 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2675 DE 2001    

(diciembre 13)    

por el cual se da una autorización, se confiere  comisión de servicios al exterior a la Ministra de Cultura y se hace un encargo    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas  por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución Política de  Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,  el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997,  el Decreto 1461 y,    

CONSIDERANDO:    

Que la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales  López, debe desplazarse a la ciudad de París, Francia, del 14 al 20 de  diciembre de 2001, con el objeto de asistir al Festival Don Quijote de Teatro  Hispano y presentar ante la Unesco el Manifiesto por la Paz, firmado en Santa  Cruz de Mompox, Colombia, dentro del marco del Programa La Cultura le Declara  la Paz a Colombia;    

Que los gastos por concepto de transporte aéreo de  la doctora Araceli Morales López, serán asumidos por la Organización de Estados  Iberoamericanos O.E.I. Los viáticos serán pagados con cargo al presupuesto del  Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2-02-10, de acuerdo al CDP 641 del 7  de noviembre de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría Gen  eral,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a la Ministra de Cultura  doctora Araceli Morales López, para aceptar el pago de tiquetes aéreos para su  desplazamiento a la ciudad de París, Francia, durante los días 14 al 20 de  diciembre de 2001, por parte de la Organización de Estados Iberoamericanos  O.E.I.    

Artículo 2°. Confiérese comisión de servicios al  exterior, a la Ministra de Cultura, para desplazarse a la ciudad de París,  Francia, del 14 al 20 de diciembre de 2001, con el objeto de asistir al  Festival Don Quijote de Teatro Hispano y presentar ante la Unesco el Manifiesto  por la Paz, firmado en Santa Cruz de Mompox, Colombia, dentro del marco del  Programa La Cultura le Declara la Paz a Colombia.    

Artículo 3°. La Ministra de Cultura, tiene derecho  al reconocimiento y pago de seis días y medio (6.5) por concepto de  alimentación, alojamiento y transporte local a razón de US$380 diarios, para un  total de US$2.470, sufragados con cargo al Presupuesto del Ministerio de  Cultura, rubro presupuestal 2-02-10, según CDP 641 del 7 de noviembre de 2001,  expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General. Los tiquetes aéreos  serán asumidos por la Organización de Estados Iberoamericanos O.E.I.    

Artículo 4°. Encárgase a la doctora Marta Mercedes  Castrillón Simmonds, Viceministra de Cultura, de las funciones del despacho de  la Ministra de Cultura, durante la ausencia de su titular.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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