DECRETO 2670 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2670 DE 2001    

(diciembre  11)    

por el cual se delega en el  Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de  la Nación dos contratos de empréstito externo.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las  que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12  de la Ley 80 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para  celebrar, en nombre de la Nación, dos contratos de empréstito externo  destinados a financiar apropiaciones presupuestales prioritarias de las  vigencias fiscales 2001 y 2002, así:    

1. Con el  Banco Interamericano de Desarrollo, BID, Programa Sectorial de Reforma Social,  por la suma de trescientos noventa millones de dólares (US$390.000.000) de los  Estados Unidos de América; y    

2. Con el  Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, Préstamo de Ajuste  Estructural Fiscal, por la suma de cuatrocientos millones de dólares  (US$400.000.000) de los Estados Unidos de América.    

Artículo  2º. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Gabriel  Mesa Zuleta.    

               

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