DECRETO 2622 DE 1998
(diciembre 22)
por el cual se establece la planta de personal de empleados públicos de la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda., y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1679 de 1997 ordena la fusión de las empresas Minerales de Colombia S.A. Mineralco S.A., y la Empresa Colombiana de Carbón Ltda., Ecocarbón Ltda., en una Sociedad de Responsabilidad Limitada del orden nacional, con capital estatal, sometida al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, vinculada al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio e independiente, que se denominará Empresa Nacional Minera Ltda. “Minercol Ltda.”;
Que en razón de la creación de Minercol Ltda, es necesario establecer la planta de sus empleados públicos y crear los cargos correspondientes,
DECRETA:
Artículo 1º. Establécese la Planta de Personal de empleados públicos de la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda., la cual estará compuesta por los siguientes cargos:
Nº de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
1 (un)
Presidente
1 (un)
Jefe de Oficina
0137
20
Parágrafo. El Presidente de la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda., será agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción y será el representante legal de Minercol Ltda.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Mario Laserna Jaramillo.
El Ministro de Minas y Energía,
Luis Carlos Valenzuela Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.