DECRETO 262 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 262 DE 1998     

(febrero 4)    

por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991 en cuanto  a la aplicación del Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas.    

El Ministro del Interior de la República de  Colombia, delegatario de funciones presiden­ciales, mediante Decreto  183 del 28 de enero de 1998, en uso de las facultades constitucio­nales y  legales que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de la Ley 03 de 1991,    

DECRETA:    

Artículo 1. El Instituto Nacional de Vivienda de  Interés Social y Reforma Urbana “Inurbe” podrá suspender por una sola vez,  hasta por doce (12) meses, el término de vigencia de los subsidios familiares  de vivienda asignados con anterioridad al 1 de enero de 1997 que se encuentren  vigentes en la fecha de expedición del presente decreto, cuando se presenten  circunstancias de orden presupuestal y/o de tesorería, que impidan el  desembolso oportuno de los mismos. Dicha suspensión no se computará para efectos  del término de caducidad de los subsidios, consagrado en el artículo 48 del Decreto 706 de 1995.    

Artículo 2. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de febrero  de 1998.    

Alfonso López Caballero    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Carlos Julio Gaitán González.              

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