DECRETO 2590 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2590 DE 2001    

(diciembre  3)    

por medio  del cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta externa del Ministerio  de Relaciones Exteriores.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales  y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189  de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo  1°.Suprímanse en la planta externa de personal del Ministerio de  Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:    

Ciudad     País        Misión       Cargo                   Cant.    

Copenhague   Dinamarca    Embajada     Primer Secretario, Grado Ocupacional   3                            EX, Encargado de Funciones Consulares 1     Copenhague      Dinamarca     Embajada Auxiliar Administrativo 10 PA  (Local)   1         

Artículo  2°.Créase en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones  Exteriores, los siguientes cargos:    

Ciudad     País        Misión       Cargo                   Cant.    

Oslo       Noruega     Embajada     Primer Secretario, Grado  Ocupacional   3                            EX,  Encargado de Funciones Consulares 1     Oslo         Noruega Embajada Auxiliar Administrativo 10  PA (Local)   1    

Artículo 3°. El cargo de Auxiliar Administrativo 10  PA, a que hace referencia el artículo 2° del presente decreto, hace parte del  despacho del jefe de la Misión Diplomática de Colombia ante el Gobierno de  Noruega.    

Artículo 4°. Las erogaciones que ocasione la  supresión del cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, de la  Embajada de Colombia ante el Gobierno de Dinamarca, Encargado de Funciones  Consulares en Copenhague, de que trata el artículo 1° del presente decreto, se  pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y  del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Artículo 5°. El Auxiliar Administrativo 10 PA  (Local) no tendrá derecho a las asignaciones que por concepto de prima de  instalación, viáticos, menaje y tiquetes aéreos se reconoce a los funcionarios  que son designados en el servicio exterior, teniendo en cuenta que el cargo es  de naturaleza Local, de conformidad con lo establecido en el decreto vigente.    

Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le  sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Guillermo Fernández de Soto.    

ElMinistro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos Calderón.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.    

               

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