DECRETO 2584 DE 2000
(diciembre 13)
por el cual se autoriza a un funcionario de la Dirección Nacional de Estupefacientes para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Estupefacientes, ha programado la primera reunión internacional sobre Anhídrido Acético, en la Oficina del Servicio Internacional de Inteligencia Criminal, que se llevará a cabo en Londres, Inglaterra, los día 19 y 20 de diciembre de 2000;
Que se estima necesaria la participación del doctor Jairo Enrique Torres Gómez, Asesor del Despacho con funciones de Coordinador del Grupo de Estupefacientes de la Dirección Nacional de Estupefacientes, quien asistirá en representación del Gobierno colombiano, teniendo en cuenta que se desarrollarán y vigilarán aspectos específicos de la operación internacional sobre Operación Topaz;
Que los gastos de transporte aéreo y viáticos, serán cubiertos por el acuerdo entre la Embajada de Estados Unidos y la Dirección Nacional de Estupefacientes número 31-1001-01-12-90-01-99;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política, los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase al doctor Jairo Enrique Torres Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19096308 de Bogotá, Asesor del Despacho con funciones de Coordinador del Grupo de Estupefacientes de la Dirección Nacional de Estupefacientes, para aceptar la invitación realizada por la Comisión de Estupefacientes para asistir a la primera reunión sobre Anhídrido Acético, que se llevará a cabo en la ciudad de Londres, Inglaterra, los días 19 y 20 de diciembre de 2000, así como para aceptar los gastos de viaje y viáticos que ocasione el desplazamiento.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.