DECRETO 2564 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2564 DE 2000    

(diciembre 11)    

por el cual se designan unos  miembros del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 2° del Decreto 585 de 1991,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnanse  los siguientes miembros del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología:    

1. En representación de  la Universidad Pública, al doctor Danilo Reinaldo Vivas Ramos, identificado con  la cédula de ciudadanía 10527315 de Popayán, Rector de la Universidad del  Cauca, como suplente del rector de la Universidad Nacional.    

2. En representación de  la Universidad privada, al doctor Jesús Ferro Bayona, identificado con la  cédula de ciudadanía 17094584 de Bogotá, rector de la Universidad del Norte,  como principal.    

3. En representación de  la Universidad privada, al doctor Francisco César Vallejo Mejía, identificado  con la cédula de ciudadanía 17074409 de Bogotá, rector de la Universidad  Autónoma de Manizales, como suplente del doctor Jesús Ferro Bayona.    

4. En representación de  la comunidad científica, al doctor Adolfo Meisel Roca, identificado con la  cédula de ciudadanía 19233334 de Bogotá, investigador, gerente del Banco de la  República, seccional Cartagena, como principal.    

5. En representación de  la comunidad científica, a la doctora Angela Restrepo Moreno, identificada con  la cédula de ciudadanía 21380696 de Medellín, investigadora, Jefe del  Laboratorio de Micología de la Corporación para Investigaciones Biológicas,  CIB, como suplente del doctor Adolfo Meisel Roca.    

6. En representación del  sector privado, al doctor Oscar Iván Zuluaga, identificado con la cédula de  ciudadanía 79145129 de Usaquén, Gerente General de Acerías de Colombia, Acesco,  como principal.    

7. En representación del  sector privado, al doctor Rodrigo Gutiérrez, identificado con la cédula de  ciudadanía 2405884 de Cali, Presidente de la Fundación Corona, como suplente  del doctor Oscar Iván Zuluaga.    

Artículo 2°. Este decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  11 de diciembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del Departamento  Nacional de Planeación,    

Juan Carlos Echeverri Garzón.    

               

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