DECRETO 2556 DE 1999
(diciembre 23)
por el cual se establece la planta de personal del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 118 de 2006, por el Decreto 4322 de 2004, por el Decreto 165 de 2004 y por el Decreto 1432 de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública mediante oficio número 012038 del 11 de noviembre de 1999.
Que la Dirección General de Presupuesto del Ministerio Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante oficio número 10257 del 3 de noviembre de 1999,
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, serán desarrolladas por la Planta de Personal de empleados públicos que a continuación se establece:
Dependencia: Despacho del Director
N° de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Uno (1)
Director General de Entidad Descentralizada
0015
23
Tres (3)
Asesor
1020
09
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
5040
23
PLANTA GLOBAL
Tres (3)
Subdirector
0150
19
Uno (1)
Jefe de Oficina
0137
16
Uno (1)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
09
Ciento treinta y ocho (138)
Médico Especialista
3120
23
Diecisiete (17)
Médico Especialista M.T.
3120
23
Doce (12)
Profesional Especializado
3010
23
Cuatro (4)
Profesional Especializado
3010
21
Tres (3)
Profesional especializado
3010
20
Treinta (30)
Profesional Especializado
3010
17
Noventa y ocho (98)
Profesional Especializado
3010
16
Dieciocho (18)
Profesional Universitario
3020
13
Tres (3)
Profesional Universitario
3020
12
Cinco (5)
Técnico Administrativo
4065
17
Tres (3)
Técnico Administrativo
4065
16
N° de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Dos (2)
Técnico Operativo
4080
16
Cincuenta y dos (52)
Técnico Operativo
4080
15
Seis (6)
Técnico Administrativo
4065
15
Uno (1)
Pagador
5045
23
Tres (3)
Secretario Ejecutivo
5040
23
Diez (10)
Secretario Ejecutivo
5040
22
Ochenta (80)
Secretario Ejecutivo
5040
19
Tres (3)
Auxiliar Administrativo
5120
23
Quince (15)
Auxiliar Administrativo
5120
16
Diecinueve (19)
Auxiliar Administrativo
5120
14
Artículo 2°. El director del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal a que se refiere el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas, procesos, proyectos y políticas institucionales.
Artículo 3°. La incorporación de los empleados públicos a la planta de personal adoptada por este decreto, se efectuará conforme a las disposiciones legales sobre la materia dentro de los treinta (30) días siguientes, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.
Parágrafo. Los empleados del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñen, hasta tanto se produzca su incorporación a la planta de personal establecida en el presente decreto y tomen posesión del cargo.
Artículo 4°. Modificado por el Decreto 165 de 2004, artículo 5º. Fíjase en cuatrocientos cuarenta y dos (442) el número de trabajadores oficiales al servicio del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las contenidas en el Decreto número 2796 del 20 de noviembre de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Salud,
Virgilio Galvis Ramírez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.