DECRETO 2512 DE 1999
(diciembre 16)
por el cual se convoca a sesiones extraordinarias al Congreso de la República.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 138 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Convócase a sesiones extraordinarias al Congreso de la República los días 17, 18, 19 y 20 de diciembre de 1999, con el objeto de considerar el Proyecto de ley 113C/99, 163S/99, “Mediante la cual se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias en aplicación del numeral 10 del artículo 150 de la Constitución”, el Proyecto de ley número 164 de 1999 Senado, 134 de 1999 Cámara, por el cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos de ahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones y el Proyecto de ley número 208 de 1999 Senado, 145 de 1999 Cámara, “Por el cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro del Interior,
Néstor Humberto Martínes Neira.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Jaime Alberto Cabal Sanclemente.