DECRETO 2508 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2508 DE 2000    

(noviembre 30)    

por el cual se confiere  autorización para aceptar una invitación.    

El Ministro de  Justicia y del Derecho de la República de Colombia, delegatario de las  funciones presidenciales conforme al Decreto  2463 del 27 de noviembre de 2000, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que la  Corporación Andina de Fomento, CAF, ha invitado a la doctora María Cecilia  Garcés Lloreda, Director Técnico Código 0100 Grado 22 de la Dirección General  de Desarrollo Territorial y Urbano del Ministerio de Desarrollo Económico, para  asistir a la Primera Reunión Regional Andina para conformar los grupos de  trabajo que permitan establecer un conjunto de interlocutores técnicos y  políticos de alto nivel y definir redes y dinámicas de trabajo al interior de  cada país y entre sectores institucionales afines de los cinco países andinos,  en la perspectiva de implementar acciones concretas para la prevención de  desastres, que se realizará en la ciudad de Caracas (Venezuela) los días 30 de  noviembre y 1° de diciembre de 2000;    

Que la reunión  permitirá promover en los estados la formulación y/o desarrollo de políticas  nacionales y sectoriales de prevención y mitigación de riesgos y de esquemas y  formas de organización institucionales orientadas a incorporar en la  planificación del desarrollo las consideraciones sobre el impacto de los  fenómenos naturales y sus riesgos asociados; crear una dinámica de cooperación  entre los países andinos orientada al intercambio de experiencias para el manejo  de desastres naturales con una visión de reducción de riesgos y apoyar  programas y proyectos de prevención y mitigación de riesgos de fenómenos  naturales, para el Ministerio de Desarrollo Económico es importante la  asistencia de la doctora María Cecilia Garcés Lloreda, por la importancia de  los temas a tratar;    

Que los gastos  por concepto de viáticos y tiquetes aéreos serán suministrados por la  Corporación Andina de Fomento, CAF;    

Que de acuerdo con lo estipulado por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos  nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de Gobiernos  Extranjeros u Organismos Internacionales,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a la doctora María Cecilia Garcés Lloreda,  Director Técnico Código 0100 Grado 22 de la Dirección General de Desarrollo  Territorial y Urbano del Ministerio de Desarrollo Económico, para aceptar de la  Corporación Andina de Fomento, CAF, los gastos por concepto de viáticos y  tiquetes aéreos, con el objeto de asistir a la Primera Reunión Regional Andina  para conformar los grupos de trabajo que permitan establecer un conjunto de  interlocutores técnicos y políticos de alto nivel y definir redes y dinámicas  de trabajo al interior de cada país y entre sectores institucionales afines de  los cinco países andinos, en la perspectiva de implementar acciones concretas  para la prevención de desastres, que se realizará en la ciudad de Caracas  (Venezuela) los días 30 de noviembre y 1° de diciembre de 2000.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2000.    

ROMULO GONZALEZ TRUJILLO    

El Ministro de  Desarrollo Económico,    

Augusto Ramírez Ocampo.    

               

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